Intervención policial el 1-O./

Intervención policial el 1-O./ Efe

Tribunales

Guardia Civil y Policía actuaron el 1-O de forma "proporcionada", afirma la Audiencia Nacional

El juez Moreno dice que fue una intervención "legítima" y archiva una querella interpuesta por personas que resultaron heridas.

15 noviembre, 2019 18:15

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El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha calificado de "legítima" y "proporcionada" la actuación de los guardias civiles y policía nacionales que actuaron 1-O en Cataluña para tratar de impedir la celebración del referéndum independentista suspendido por el Tribunal Constitucional y prohibido por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Moreno ha archivado una querella interpuesta el pasado 3 de octubre por nueve personas que resultaron heridas en los centros donde se llevó a cabo la votación ilegal. Atribuían un delito de lesa humanidad a, entre otros querellados, el exsecretario de Estado de Seguridad, Jose Antonio Nieto; el exdelegado del Gobierno en Catalunya,Enric Millo, y el coronel Diego Pérez de los Cobos, coordinador del operativo desplegado por el Gobierno.

La querella afirmaba que se pretendía un "ataque sistemático contra parte de la población civil residente en la comunidad autónoma de Cataluña y con vínculo legal relativo a la vecindad civil catalana", ataque que fue "planificado para causar de forma simultánea daños físicos y psíquicos a las personas y, a la vez, infundir miedo generalizado".

El juez afirma que la querella "obvia las ilegalidades en las que se estaba incurriendo por parte de los poderes públicos de la comunidad autónoma de Cataluña contra la legitimidad constitucional y las maniobras desarrolladas para movilizar a la ciudadanía que con su seguimiento prestaba su consentimiento a tales actos".

Moreno recuerda que con la decisión de seguir adelante con el referéndum ilegal "se sometía a los llamados a un escenario indiscutible de riesgo al oponerse a los agentes de Policía que asistirían al desempeño de sus funciones para mantener el orden constitucional".

Según el juez, ante los acontecimientos que tuvieron lugar en Cataluña en el otoño de 2017, con los tumultos del 20S, la aprobación de la ley fundacional de la república y la ley de referéndum y la celebración de la votación, "el Estado tenía la obligación de utilizar todos los medios precisos de que disponía para el mantener la seguridad pública y restituir el orden constitucional que se había alterado".

Cita, a este respecto, la sentencia dictada por la Sala Penal del Tribunal Supremo en la causa del 'procés', en la que se indicó que "ninguna anomalía democrática se esconde en el hecho de que los poderes del Estado, respetando sus respectivos espacios funcionales, pongan en marcha los mecanismos institucionales para la defensa de los valores propios de una sociedad democrática”.

"Hay que tener en cuenta que la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tuvo lugar como respuesta a las graves y violentas alteraciones de orden público, unidas otros hechos delictivos y acontecimientos que se estaban produciendo", afirma el juez Moreno.

Lo ocurrido motivó "no sólo la legítima intervención de dichas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la represión de actos manifiestamente ilegales tendentes, en principio, a la subversión del orden constitucional, sino también la proporcionada actuación de los querellados, a la vista de las cifras de altercados producidos, al número de lesionados y a la entidad de los mismos".

La resolución que archiva la querella, conocida este viernes, añade que "no se aportan ni constan mínimamente acreditados datos o elementos objetivos que permitan considerar la concurrencia del delito de lesa humanidad" ya que "carece del mínimo rigor que reclama dicho precepto", previsto para acciones de asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y actos de similar gravedad cometido contra la población civil por motivos motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales o religiosos.