La presidenta balear, Marga Prohens, junto a su antecesora, Francina Armengol, en el acto institucional del Día de las Islas Baleares.

La presidenta balear, Marga Prohens, junto a su antecesora, Francina Armengol, en el acto institucional del Día de las Islas Baleares. Efe

Política CASO KOLDO

Por qué la demanda de Prohens contra Koldo no ha caducado y los 2 errores que hereda de Armengol

Un acuerdo del Gobierno socialista balear, de diciembre de 2022, estableció que el Ejecutivo popular tenía ocho meses para resolver la reclamación a Soluciones de Gestión por los 3,7 millones pagados por mascarillas 'fake'.

9 abril, 2024 02:16

La reclamación del actual Gobierno de las Islas Baleares, presidido por Marga Prohens, sobre el contrato que le endosó la trama Koldo en lo más duro de la pandemia al de su antecesora, Francina Armengol, no ha caducado. Es más, según el servicio de Salud de las islas (Ib-Salut) es una resolución dictada por aquel Ejecutivo socialista el 23 de diciembre de 2022 la que lo demuestra. 

Así lo ha podido comprobar EL ESPAÑOL, a la vista de la documentación aprobada por la Junta Consultiva de Contratación del Govern de las islas durante la etapa de Armengol. Posteriormente corroborada por otra resolución en el mismo sentido del 30 de noviembre de 2023, ya con el Gobierno de Prohens.

Según estos documentos, la normativa que rige en los contratos públicos de la Administración autonómica balear es la Ley de Contratos del Sector Público, que establece un "plazo máximo" de "ocho meses" para la resolución de este tipo de reclamaciones.

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La polémica sobre si la reclamación "caducaba a los tres meses", como defiende el PSOE ahora, o a los ocho meses, como estableció su propio Gobierno insular en 2022 y sostiene el actual del PP, "es como mirar el dedo que señala cuando es en la luna donde está la corrupción", alega un alto cargo de la Administración balear.

Los "dos errores"

Además, esta fuente detalla otros "dos errores graves" del Ejecutivo de Armengol, causa de todo el embrollo administrativo, y que "están dificultando la recuperación del dinero hurtado a los ciudadanos de las islas por una presunta trama corrupta que sirvió un material en mal estado".

El primero, que en agosto de 2020, el Gobierno de Armengol atendió la petición de Soluciones de Gestión, la empresa de Koldo, para que emitiera un "dictamen de conformidad" con sus servicios. El segundo, que la empresa "no tenía la solvencia ni la capacitación para firmar un contrato como éste" además de que no estaba inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas (ROLECE).

"Eso convierte el contrato en nulo de pleno derecho", explican las fuentes del Gobierno balear actual. "Y por eso, más allá de que la reclamación inicial no haya caducado, hemos desistido de ella y hemos iniciado una nueva", a cuya documentación ha tenido acceso EL ESPAÑOL.

Así, Prohens pretende recuperar todo el dinero "por una vía con más visos de prosperar". Porque ese "dictamen de conformidad emitido" el 12 de agosto de 2020 por el subdirector de Compras y Logística del Servicio de Salud del Gobierno Armengol, "le daba la razón a la empresa demandada", admite el actual Ejecutivo, "y con toda la lógica se agarraban a ello para no atender la reclamación". 

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Ahora, yendo al origen del contrato, a "su nulidad de pleno derecho", no sólo se pretende mayor eficiencia en la reclamación, sino "cumplir la obligación de toda Administración pública", indican las fuentes. "Es decir, no fijarnos en el efecto pernicioso de una licitación mal ejecutada, sino en la nulidad de la misma, que es lo que marca la ley".

La "falta de solvencia" de Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas SL ha quedado establecida, además, por la sentencia 000147/2024 de la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Zaragoza, del pasado 27 de marzo.

El fallo, cuyo ponente fue el magistrado Juan Ignacio Medrano, obra en poder de este periódico. En él se dicta que la "actividad contemporánea" de la empresa "nada tiene que ver con el suministro de mascarillas". Y que "carecía, por tanto, de solvencia técnica, así como de la adecuada solvencia financiera".

No caducidad

Como se ha visto, la Junta Consultiva de Contratación del Gobierno balear estableció en diciembre de 2022 y en noviembre de 2023 qué ley rige en los contratos públicos celebrados en las islas.

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En el curso de un contencioso librado por el Gobierno de Armengol con otra empresa, se apoyó en una sentencia del Tribunal Constitucional (68/2021, de 18 de marzo de 2021) que aclaró que "en cuanto a la extinción de los contratos, el art. 212.8 LCSP dispone que los expedientes de resolución contractual deberán ser instruidos y resueltos en el plazo máximo de ocho meses".

Fue el Gobierno de Prohens el que inició la reclamación, el pasado 24 de agosto, como se ve en la documentación. Lo hizo después de que su antecesora, la hoy presidenta del Congreso Armengol, no hubiera activado ningún mecanismo de resarcimiento contra la empresa que le sirvió material inservible.

Sólo el día que el Parlament votaba la investidura de su sucesora, un funcionario elaboró un documento de propuesta de resolución, también en poder de este periódico

El contrato se cerró el 25 de abril de 2020, pero fue forjado con posterioridad a la recepción de las mascarillas, en mayo de 2020, a razón de 2,6 millones de euros por el material y 1,1 más por el transporte. Finalmente, incluso, se alteró la licitación para endosarle el gasto a los fondos Feder de la Unión Europea, meses después, cuando ya sabía que las mascarillas eran defectuosas.

El error que alimenta la polémica sobre si la reclamación habría caducado nace de ese acuerdo de resolución parcial de contrato, firmado por el actual director del Ib-Salut, Javier Ureña. En el documento, que también obra en poder de este diario, se hace constar "un plazo erróneo" de tres meses, al remitirse a otra norma, la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAC):

"El plazo máximo para dictar resolución expresa y para notificarla es de tres meses a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3, de la [LPACAC] Ley 39/2015, de 1 de octubre".

La argumentación del PSOE

La posible extinción de la reclamación haría perder a las arcas públicas de la autonomía los 3,7 millones de euros pagados por el Gobierno Armengol a la trama Koldo por un cargamento de 1.480.600 mascarillas FFP2, a un precio unitario de 2,50 euros. El material sanitario resultó ser distinto, sin el sello CE, etiquetado como el modelo chino KN95 y finalmente además, inservible.

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Por otro lado, esa supuesta negligencia del Gobierno popular de Prohens vendría a confirmar, según alega ahora Iago Negueruelaportavoz socialista balear y ex mano derecha de Armengol, "que sería cierto lo que aparece en las escuchas". Es decir, que el exasesor del entonces ministro y dirigente del PSOE José Luis Ábalos habría "contactado" con Miguel Tellado, miembro destacado del PP cercano a Alberto Núñez Feijóo, "para arreglar" lo de Baleares: "Un favor a cambio de otro".

El portavoz del PP en el Congreso, Tellado, siempre ha negado siquiera conocer a Koldo ni haber sido contactado por nadie de la trama presuntamente corrupta. Y lo cierto es que las pesquisas de la UCO, en la investigación que se sigue del caso en la Audiencia Nacional, también corroboran que esa reunión nunca se detectó.

Ese error fue subsanado en una diligencia posterior, dictada en marzo de este año y en poder de este periódico. En ella, Laura Montserrat, jefa del Departamento de Contratación de la Conselleria de Salut, explica la confusión entre las dos leyes citadas.

Y para "hacerlo constar" ante la empresa y el juez del caso, explicita que "la aplicación de dicho artículo" de la LCSP "ha sido establecida mediante el Acuerdo de la Comisión de la Junta Consultiva de Contratación de las Illes Balears de 30 de noviembre de 2023".