Comité Federal del PSOE, el pasado 10 de junio.

Comité Federal del PSOE, el pasado 10 de junio. Efe

Política 23-J

"Si gana el PP, no subirá más el SMI": la JEC afea al PSOE su propaganda electoral en Facebook

La Junta Electoral Central no abre un expediente al Partido Socialista, ya que ha retirado los anuncios de la red social.

5 julio, 2023 20:01

La Junta Electoral Central (JEC) ha advertido al PSOE por sus anuncios electorales publicados en Facebook. Sin embargo, el organismo que vela por la limpieza de los procesos electorales no ha abierto un expediente al Partido Socialista, ya que la formación ha retirado esta propaganda de la red social.

Publicados bajo el eslogan La mejor España, incluían textos como los siguientes: "El PSOE ha subido el salario mínimo. Si gana el PP, no volverá a subir", "Hoy, el 40% de los contratos son indefinidos. Si gana el PP, derogará la reforma laboral", "El PSOE ha subido un 8,5% las pensiones. Si gana el PP, las subirá sólo un 0,25%", "230.000 andaluces reciben becas. Si gana el PP, serán muchos menos" o "El PSOE bonifica el transporte público. Si gana el PP, no habrá bonificación".

A juicio de la JEC, estos anuncios vulneran la Ley Electoral (LOREG). El artículo 53 de la LOREG impide a los partidos contratar propaganda electoral hasta el inicio legal de la campaña. Hasta entonces, "queda prohibida la realización de publicidad electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales, no pudiendo justificarse dichas actuaciones por el ejercicio de las actividades ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones".

"El hecho de que no se pida expresamente el voto del elector no es motivo para no considerar como propaganda electoral cualquier actividad que, directa o indirectamente, pretenda la captación de sufragios", indica la JEC sobre los anuncios del PSOE.

El PP denunció estos hechos ante la Junta Electoral Central, que estima ahora parcialmente su denuncia. Dado que el Partido Socialista ya retiró cautelarmente esta propaganda, "basta, por consiguiente, con ordenar que dicha retirada se mantenga hasta que dé comienzo el periodo de campaña electoral", indica la JEC.

"Atendidas las circunstancias concurrentes, no procede la incoación de expediente sancionador", señala el acuerdo, consultado por EL ESPAÑOL. "No obstante, debe recordarse expresamente a la formación política concernida la prohibición de realizar cualquier nueva contratación y difusión de publicidad de este tipo, hasta que se inicie el periodo de campaña electoral y apercibirla de que, en caso de reincidir en una conducta similar, se procederá a incoar el correspondiente expediente sancionador", concluye la Junta Electoral.