El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Congreso de los Diputados. EP

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Congreso de los Diputados. EP

Política

Pedro Sánchez, primer presidente condenado por hacer campaña desde La Moncloa: paga 2.420 € al PP

La Junta Electoral Central le multó por dar una entrevista a La Sexta antes del 10-N que se colgó en la web de Moncloa. Isabel Celaá, condenada. 

23 noviembre, 2021 09:34

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2.420 euros. Esta es la cantidad que Pedro Sánchez ha pagado al Partido Popular por dar una entrevista desde La Moncloa en plena campaña electoral en octubre de 2019, vulnerando así la Ley Electoral. De esta forma, Sánchez se ha convertido en el primer presidente del Gobierno en ser condenado por la Junta Electoral Central por quebrantar el principio de neutralidad de los poderes públicos en periodo electoral, algo que denunciaron los populares ante este organismo.

Así, y como ha publicado El Mundo y ha confirmado EL ESPAÑOL, el líder del PSOE ya ha abonado 2.420 euros al PP en costas después de que Sánchez recurriera al Tribunal Supremo la multa inicial de 500 euros que le impuso la Junta Electoral Central (JEC) por una entrevista en La Sexta, antes de las elecciones generales del 10 de noviembre de 2019, y que su equipo colgó en la página web de La Moncloa. La trasferencia se realizó el pasado 27 de octubre a la cuenta que el PP tiene en el Banco Santander. 

También ha sido condenada a pagar esa misma cantidad la que fuera su ministra Portavoz, Isabel Celaá, por utilizar las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros como altavoz de los logros del Gobierno antes de las elecciones del 10-N. La exministra ya ha efectuado el pago, a fecha del 11 de noviembre, que incluye las minutas de los abogados del PP que han llevado este caso. 

Pedro Sánchez, además de los 2.420 euros, debe pagar otros 2.000 euros en costas a la Junta Electoral Central, contra la que también recurrió la multa inicial de 500 euros.

500 euros

Fue en octubre de 2019 cuando la JEC abrió un expediente sancionador a Sánchez por hacer uso "electoralista" del Palacio de la Moncloa, a petición del Partido Popular, por una entrevista con Antonio García Ferraras en la que pidió el voto para el PSOE. "Es muy importante movilizarnos, por eso es muy importante, sobre todo, que la gente indecisa sea muy consciente de que el próximo 10 de noviembre tenemos que dar respuesta a una pregunta bien sencilla, y es si queremos que España avance o continúe sumida en el bloqueo. (...) Insisto, necesitamos un Gobierno fuerte, un gobierno estable, con una mayoría parlamentaria sólida, y eso es lo que yo les pido a los españoles", dijo. Sánchez recurrió la sanción. 

El 23 de enero de 2020, la Junta Electoral desestimó el recurso de Sánchez y le sancionó con 500 euros al considerar que el secretario general del PSOE "incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por la realización y difusión de la entrevista de referencia, aprovechando los medios públicos de que disponía, en su condición de presidente del Gobierno en funciones, provocando el consiguiente quebrantamiento del principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral".

Tras la apertura de este expediente sancionador, Pedro Sánchez recordó que durante lo 40 años de democracia, el presidente del Gobierno siempre ha hecho entrevistas en Moncloa. "Lo hizo Rajoy, Zapatero, Aznar, González, parece que la Junta Electoral está cambiando de criterio y hay que acatar las normas", señalaba.

Tribunal Supremo

Sánchez, en contra de esta multa, elevó el caso al Tribunal Supremo. En su escrito de impugnación, alegó que no se había probado de forma individualizada que hubiera dolo o culpa en su actuación, indicando en este punto que Presidencia no organizó el acto, sino que se habría limitado a dar trámite a una petición de un medio, y que el mandatario no controla la web de La Moncloa. Así, denunció que se estaría confundiendo la responsabilidad 'in vigilando' con la jurídica de carácter sancionador.

A su juicio, el único aspecto controvertido sería el uso del espacio físico de Moncloa, puesto que la resolución impugnada no acota las afirmaciones "de contenido electoralista". Defendió que eran declaraciones genéricas sobre los comicios antes de que arrancara la campaña electoral. En este punto, volvió a argumentar que antes que él otros presidentes dieron entrevistas en La Moncloa. 

4.000 euros en costas

Fue el pasado 31 de mayo cuando el Supremo ratificó la sanción impuesta por la Junta Electoral y ratificó la sanción de 500 euros impuesta por la JEC más 4.000 euros en costas. Los magistrados le recordaron que la Junta Electoral ya le había advertido, en septiembre de 2019 y a raíz de las manifestaciones de otros miembros del Gobierno, de que debían guardar un alto grado de diligencia en sus actuaciones para no quebrantar la neutralidad de los poderes públicos.

En concreto, subrayó que "entre esa diligencia se encontraba la de indicar que no debía colgarse en una web institucional una entrevista realizada en periodo electoral para una televisión privada en el Palacio de la Moncloa", algo que Sánchez y su equipo desoyeron por completo.