Juana Rivas, este miércoles en los juzgados de Granada.

Juana Rivas, este miércoles en los juzgados de Granada. Efe

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Interior obvió 3 partes de sanción a Juana Rivas y le concedió la pulsera para cumplir en casa la condena

Fuentes penitenciarias aseguran a EL ESPAÑOL que, con esos partes de sanción, "a cualquier otro recluso se le impone un grado más restrictivo".

3 enero, 2022 06:01
Brais Cedeira Javier Corbacho

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La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, mantuvo a Juana Rivas cumpliendo su condena en régimen de tercer grado y le otorgó el brazalete de control telemático para cumplir en casa el resto de su pena, pese a haber recibido hasta tres partes de sanción durante su estancia en el Centro de Inserción Social (CIS) Matilde Cantos de Granada.

Rivas ingresó en este recinto penitenciario ubicado en la capital nazarí donde cumplen su pena los internos en semilibertad el viernes 11 de junio de 2021. El 17 de diciembre de ese mismo año, Instituciones Penitenciarias aprobó que la reclusa siguiese cumpliendo los meses que restan de su condena en su domicilio, con la pulsera de control.

Unas horas antes de esta decisión, el día 15, la Junta de Tratamiento del CIS, compuesta por los profesionales técnicos del centro, había acordado ampliar sus permisos de salida para que Rivas pudiese trabajar, facilitando, de esta forma, que pudiera también pasar tiempo con sus hijos.

Durante el tiempo que estuvo interna en el centro de inserción —medio año, desde mitad de junio hasta mediados de diciembre—, se formularon tres partes de sanción contra la granadina por parte de funcionarios, a raíz de su mal comportamiento en ese lugar.

Sin embargo, según ha podido saber este diario, ninguno de estos partes llegó a ser tramitado. Fueron archivados y se le permitió cumplir el resto de condena en su domicilio. Su mala conducta en el CIS, tal y como apuntan fuentes penitenciarias a distintos niveles, no produjo como resultado una regresión de grado, que la habría enviado a prisión. Rivas obtuvo todo lo contrario.

Según explican fuentes jurídicas, ni un parte ni una hipotética sanción a consecuencia de este constituyen, por sí solos, un motivo que obligue a regresar de grado a un interno. No obstante, existe un criterio reiterado en ese sentido.

Es habitual, por tanto, devolver a la prisión, en segundo grado, a los reos que, mientras disfrutan de su semilibertad, son amonestados tras los expedientes. Y desde luego no es nada común, aseguran fuentes del mundo penitenciario, otorgarle la pulsera de control remoto a un preso para terminar el cumplimiento de la pena en el domicilio particular cuando no ha hecho méritos para ello.

Juana Rivas, antes de acceder al centro de inserción social Matilde Cantos de Granada.

Juana Rivas, antes de acceder al centro de inserción social Matilde Cantos de Granada. Europa Press

A preguntas de EL ESPAÑOL, el abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, se ha negado a hacer ninguna declaración al respecto, recordando que los dos hijos de su clienta pasan las navidades con ella en España, algo a lo que la Justicia italiana no se opuso. Tampoco Interior o la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias han querido ofrecer explicaciones ante las consultas formuladas por este periódico sobre los hechos.

Los tres partes

Según ha podido conocer este diario de fuentes penitenciarias de diversa índole, con esos tres partes de sanción, cualquier otro interno cumpliendo su pena en un centro de inserción social suele ser regresado a un grado más restrictivo. Cualquier otro "interno normal en tercer grado insisten pasaría a cumplirla en segundo" al encontrarse en una situación como esa.

El parte de sanción es como se denomina a la denuncia que un funcionario interpone contra un preso. Su formulación, por sí sola, no origina la regresión a un régimen más restrictivo, detallan estas mismas fuentes a EL ESPAÑOL.

Una resolución sancionadora (que resuelve un expediente disciplinario abierto tras un parte de sanción) sí puede originar la regresión de grado si la Junta de Tratamiento lo ve oportuno. La sanción es uno de los motivos para que el CIS pueda acometer esa medida.

En el caso de Rivas, se le impusieron dos partes por sacar el móvil sin autorización, y un tercero por no comparecer como el resto de los reclusos durante el recuento de la mañana porque en ese momento estaba en la ducha. Sobre este segundo extremo, fuentes del centro confirman que ya se le había advertido previamente que tenía que estar "visible y vestida cuando se anuncia el recuento". Pese a ello, volvió a ocurrir.

Los funcionarios interponen partes de sanción por diversos hechos que a su juicio tienen consideración de incidente: retrasos al llegar de los permisos, no resultar visibles en los recuentos, utilizar el móvil cuando lo tienen prohibido, etc. Ese parte se envía después a la comisión disciplinaria, donde el instructor hace una valoración de lo que figura en el parte. Este órgano se reúne una vez cada semana para valorar si interponer o no estos castigos.

Es entonces cuando se comprueba si lo que ha escrito el funcionario en su informe encaja en alguna de las infracciones del reglamento. Luego, se redacta una propuesta de sanción, donde aparecen tanto la infracción como la sanción correspondiente. Al interno se le permite posteriormente realizar alegaciones al respecto. 

"Un parte por mala conducta puede acabar determinando que a un interno en tercer grado se regrese a segundo grado. No tiene sanción porque no los han tramitado", admiten las fuentes consultadas en el ámbito carcelario. Después, le otorgaron la pulsera telemática, todo lo contrario a un régimen de libertad más limitado. Así, le concedían la dispensa de cumplir la condena en su casa proporcionándole un objeto, ese brazalete, que muchos reclusos consideran un premio por el cual pasan años luchando antes de alcanzarlo.

Juana Rivas en una comparecencia ante los medios.

Juana Rivas en una comparecencia ante los medios. Europa Press

"Han tenido tiempo suficiente señalan las fuentes consultadas conocedoras de los hechos para paralizar la concesión de la pulsera telemática, resolver el expediente sancionador y determinar qué hacer con ella. Pero han decidido darle lo más parecido a la libertad".

"Trato de favor"

Diversos responsables en el ámbito penitenciario denuncian así lo que consideran un "trato de favor" ante una reclusa que daba en sucesivas ocasiones muestras de ese mal comportamiento. Dicen también que los internos que cumplen su pena en los Centros de Inserción Social como este suelen tener bastante libertad de movimiento, porque ya han demostrado que se merecen ese régimen más laxo.

"Es muy difícil explica otra de las fuentes que se pongan partes de ese tipo, porque allí los internos se suelen comportar muy bien, van allí tras haber demostrado su buen comportamiento en la cárcel".

"El 99% de los casos de un interno en régimen abierto que cometa tres sanciones es regresado a segundo grado y pasa al interior de un centro ordinario, causando baja automáticamente del CIS donde esté", indica sobre este extremo otro alto funcionario de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

Todas las fuentes consultadas coinciden en que esos partes por mal comportamiento que se le interpusieron a Juana Rivas deberían haber servido, por lo menos, para que Interior no le concediera el beneficio de la pulsera telemática, que implica que ya ni tan siquiera tiene que pasar la noche en el CIS. 

Concuerdan también en que lo normal habría sido que la devolvieran a un régimen penitenciario más restrictivo. En este caso, para que Juana Rivas cumpliese lo que le queda de condena en segundo grado, como otro preso cualquiera.

'Caso Juana Rivas'

En julio de 2018, Juana Rivas fue condenada a cinco años de cárcel por el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada, cuyo titular es el juez Manuel Piñar, por haber permanecido en paradero desconocido en el verano de 2017 junto a sus dos hijos para no entregárselos al padre, el italiano Francesco Arcuri.

Esta primera pena fue posteriormente ratificada por la Audiencia Provincial. No obstante, el Tribunal Supremo la redujo a dos años y medio de cárcel. En noviembre de 2021, el indulto parcial del Gobierno de Pedro Sánchez la achicó, finalmente, hasta los quince meses.

Al ser esta última inferior a los dos años, su defensa solicitó al Juzgado la suspensión de la ejecución de la pena, a lo que Piñar se negó, entre otros motivos, revelando los "indicios de abusos sexuales" a uno de los hijos de Rivas mientras estaba bajo custodia materna. A mediados de diciembre, su defensa recurrió esta negativa del juez ante la Audiencia Provincial. La Fiscalía también aboga por su plena libertad.