Un tractor en mitad de un campo.

Un tractor en mitad de un campo. Freepik

Ciencia

España avisa a los agricultores: multas de 100.000 euros por usar maquinaria a menos de 400 metros del monte

Las cosechadoras entran bajo vigilancia por el calor extremo: una chispa cerca del monte puede acabar en multa grave.

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Las claves

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España advierte a los agricultores sobre multas de hasta 100.000 euros por usar maquinaria agrícola a menos de 400 metros del monte en situaciones de riesgo alto de incendio.

Las restricciones afectan especialmente a equipos que puedan generar chispas o fuego, como cosechadoras, empacadoras, sopletes y soldadores, durante episodios de calor extremo.

Las sanciones varían según culpabilidad, reincidencia o beneficio económico; causar un incendio grave puede acarrear multas de hasta un millón de euros y responsabilidad penal.

Se recomienda limpiar y mantener la maquinaria, llevar medios de extinción y evitar las horas centrales del día para prevenir incendios forestales.

Las altas temperaturas, la falta de humedad y el viento han convertido el uso de determinadas máquinas agrícolas en una actividad especialmente vigilada. Una chispa generada durante la cosecha puede caer sobre cereal seco y transformarse rápidamente en un incendio difícil de controlar.

La Ley de Montes establece un marco común para toda España cuando se declara un riesgo de incendio muy alto o extremo. Entre las medidas obligatorias figura restringir la maquinaria capaz de generar deflagraciones, chispas o descargas eléctricas en el monte y en una franja rural de 400 metros a su alrededor.

La prohibición, de hecho, no permanece activada automáticamente durante todo el año ni afecta de idéntica manera a cualquier tractor. Son las comunidades autónomas las que concretan los días, horarios, territorios, máquinas y posibles excepciones según el peligro meteorológico previsto.

Por ejemplo, Castilla y León acaba de aplicar una de estas restricciones ante el nuevo episodio de calor extremo. La resolución, publicada el 28 de julio de 2026, mantiene la situación de alerta en toda la comunidad desde las 00.00 horas de ese día hasta las 23.59 del viernes 31 de julio.

Durante ese periodo queda prohibido utilizar en el monte o a menos de 400 metros maquinaria cuyo funcionamiento habitual produzca fuego, chispas o descargas eléctricas. La norma menciona expresamente equipos como sopletes, soldadores y radiales.

Equipo forestal revisado

Las limitaciones llegan también a las labores agrícolas. Entre las 12.00 y las 20.00 horas no pueden emplearse máquinas autopropulsadas agrícolas y forestales en terrenos de secano situados dentro de esa franja, incluyendo cosechadoras y empacadoras de forraje o cereal.

La medida alcanza igualmente a equipos forestales como desbrozadoras, procesadoras y skidders, vehículos empleados para arrastrar troncos. El objetivo es reducir cualquier actividad capaz de iniciar un fuego durante las horas en las que la vegetación se encuentra más caliente y seca.

Incumplir estas prohibiciones puede considerarse una infracción grave. La Ley de Montes fija para esta categoría multas comprendidas entre 1.001 y 100.000 euros, por lo que los 100.000 euros representan el límite máximo y no una sanción automática para todos los casos.

La cuantía concreta dependerá de factores como la culpabilidad, la reincidencia o el beneficio económico obtenido. Si la conducta causa daños cuya restauración necesita más de seis meses, la infracción puede pasar a considerarse muy grave, con sanciones desde 100.001 hasta un millón de euros.

A la multa puede añadirse la obligación de reparar el daño e indemnizar los perjuicios causados. Cuando una imprudencia grave provoca un incendio forestal, los hechos pueden además abandonar la vía puramente administrativa y generar responsabilidad penal.

El riesgo asociado a la maquinaria no es teórico. Las cosechadoras concentran motores, rodamientos, correas, sistemas eléctricos y superficies metálicas que trabajan rodeadas de paja, polvo y restos vegetales altamente inflamables durante los meses más secos.

Una investigación realizada con cosechadoras españolas localizó temperaturas superiores a 250 grados en algunos componentes, entre ellos el colector de escape y determinadas zonas de corte. Los residuos agrícolas acumulados fueron uno de los materiales implicados con mayor frecuencia en el inicio de los fuegos.

Otro estudio sobre empacadoras detectó también puntos capaces de alcanzar temperaturas elevadas mientras alrededor se acumulaban restos de trigo y cebada. Los autores concluyeron que la limpieza, el mantenimiento y la vigilancia de las zonas críticas resultan esenciales para reducir el peligro de ignición.

Una máquina no necesita presentar una avería espectacular para originar un incendio. El roce de una pieza metálica contra una piedra, un rodamiento sobrecalentado, una conexión eléctrica defectuosa o restos vegetales acumulados junto al escape pueden producir el primer foco.

Las condiciones meteorológicas determinan después si esa pequeña llama se apaga o se propaga. Con humedad baja, viento y vegetación completamente seca, un conato puede atravesar la parcela agrícola y alcanzar rápidamente una masa forestal próxima.

Por eso, además de respetar las prohibiciones temporales, las administraciones recomiendan mantener las máquinas limpias y revisadas, llevar medios de extinción, evitar las horas centrales y contar con una persona pendiente de detectar humo o llamas durante las labores.

La distancia de 400 metros pretende crear un margen de seguridad alrededor del terreno forestal. No significa que fuera de esa franja desaparezca el riesgo, sino que cerca del monte una chispa agrícola tiene muchas más posibilidades de alcanzar vegetación continua y convertirse en un incendio forestal.

La advertencia para los agricultores es, por tanto, doble. Trabajar durante una restricción puede implicar multas de hasta 100.000 euros aunque no llegue a declararse un incendio; si las llamas se producen y causan daños graves, las consecuencias económicas y penales pueden ser mucho mayores.