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Valladolid

Condenado tras abusar sexualmente de un niño cuando cazaban pokemons

25 octubre, 2019 16:46

La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a cinco años y medio de cárcel a un joven de Valladolid, que en la actualidad tiene 23 años, por un delito de obtención de material pornográfico y otros dos delitos de abuso sexual sobre un menor de 14 años al que conoció cuando salían a cazar pokemons.

Según la sentencia facilitada por el TSJCyL y recogida por Europa Press, los hechos comenzaron en 2017 cuando el joven conoció al menor cuando ambos salían a la calle para cazar pokemons de un juego on line, por lo que se intercambiaron su número de teléfono y mantuvieron, desde el 13 de mayo de ese año, conversaciones de whatsapp.

El 12 de agosto de 2017, el joven convenció al menor para que le enviara por el teléfono cinco fotografías en que le enseñara sus genitales, lo que así hizo la víctima, que le envió tres imágenes en las que mostraba el pene, otra en la que mostraba también los testículos y en la otra exhibía las nalgas.

En el transcurso de esa misma conversación el acusado convenció al menor para que fuera a visitarlo al hospital donde se encontraba ingresado, lo que el menor hizo el 24 de agosto. Cuando los dos estaban solos en la habitación del hospital, el acusado propuso al menor que le hiciese una felación, para lo que se metieron en el baño y tras bajar los pantalones al niño, comenzó a tocarle los genitales tras lo que el condenado se lo introdujo en la boca.

Posteriormente, el condenado siguió pidiendo fotos y vídeos al menor, que le envió, el 4 de noviembre, un vídeo en el que salía bailando en calzoncillos, mientras que el día 10 de diciembre, cuando ambos se encontraban en el parqie, el acusado agarró a la víctima por atrás y le agarró los genitales, aunque el menos consiguió zafarse.

Por estos hechos, ha sido condenado por un delito de obtención de material pornográfico de menores de 16 años, un delito de abuso sexual con acceso carnal y otro de abuso sexual sobre menores. Además, no podrá acercarse a menos de 300 metros del menor ni ponerse en contacto con él por ningún medio durante tres años.

En concepto de responsabilidad civil el acusado debe indemnizar al menor, en la persona de sus padres, en 9.000 euros por daño moral.