El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su intervención en el Congreso. Efe
La Constitución establece que el acceso a la función pública debe producirse conforme a los principios de mérito y capacidad. Es una fórmula tan repetida que, a fuerza de escucharla, hemos dejado de reflexionar sobre su verdadero significado.
Sin embargo, mérito y capacidad no son la misma cosa.
La capacidad se refiere a los conocimientos, aptitudes y habilidades que permiten desempeñar una función. Un magistrado puede conocer el Derecho con profundidad. Un alto funcionario puede dominar la gestión administrativa. Un gobernante puede poseer una notable preparación técnica. Todo ello constituye capacidad.
El mérito es otra cosa.
La palabra procede del latín meritum, derivada de mereri, que significa merecer. El mérito es aquello que hace a una persona digna de ocupar una posición de responsabilidad. No depende únicamente de lo que sabe, sino también de lo que hace y de cómo vive. Es el resultado de una trayectoria que inspira respeto y confianza.
Los griegos utilizaban la palabra axía para referirse al valor o dignidad de una persona. Los romanos distinguían entre la potestas, el poder legal que otorga un cargo, y la auctoritas, la autoridad moral que justifica su ejercicio. Una persona puede conservar la primera y haber perdido la segunda.
Ese es, precisamente, uno de los problemas de nuestro tiempo.
Con frecuencia se confunde la capacidad con el mérito. Se piensa que mientras una persona siga siendo técnicamente competente nada debe apartarla de sus responsabilidades. Pero las instituciones no descansan únicamente sobre conocimientos o habilidades. También descansan sobre la confianza pública.
Un juez puede seguir siendo un excelente jurista y haber deteriorado gravemente la imagen de imparcialidad que exige su función. Un alto cargo puede seguir siendo un gestor eficaz y haber perdido la credibilidad necesaria para representar una institución. Un gobernante puede conservar intactas sus capacidades y haber dejado de merecer la confianza de los ciudadanos.
Cuando eso ocurre, aparece una palabra cuyo sentido original hemos olvidado: dimisión.
Dimitir procede del latín dimittere, que significa dejar ir, separarse de una misión o renunciar a un encargo. La dimisión no nació para castigar delitos ni para sustituir a los tribunales. Su función era distinta: proteger la dignidad de las instituciones cuando el mérito necesario para ejercer un cargo había desaparecido.
Los tribunales determinan si existe delito. La sociedad juzga algo diferente: si una persona sigue siendo digna de la confianza que requiere el ejercicio de una función pública. Por eso puede ocurrir que alguien sea plenamente inocente ante la ley y, sin embargo, considere que debe apartarse de un cargo para preservar el prestigio de la institución que representa.
La dimisión no siempre nace de la culpa. Muchas veces nace de algo más sencillo: la pérdida de confianza. Cuando una institución deja de inspirar la confianza necesaria para cumplir su función, quien la representa debe preguntarse si su permanencia la fortalece o la debilita.
Por eso la dimisión no es necesariamente el reconocimiento de una falta, sino a menudo una muestra de respeto hacia la institución servida. De hecho, quienes tienen la conciencia tranquila suelen comprender mejor que el cargo pertenece a la institución y no a la persona. Los verdaderamente inocentes suelen estar más dispuestos a sacrificar el puesto para preservar el prestigio de aquello que representan; quienes confunden la institución con sí mismos tienden, por el contrario, a aferrarse al cargo incluso cuando la confianza se ha evaporado.