
Recibimiento de los profesionales sanitarios a la entonces consellera Ana Barceló en Torrevieja.
El Consell de Mazón trata de solucionar el caos de contratos sanitarios que dejó el Botánico de Puig tras las reversiones
Hoy pasa por comisión la ley de medidas para el personal sanitario tras la dana que introduce una enmienda para clarificar la situación de 8.000 profesionales.
Más información: El TSJ da la razón al Consell al declarar "laborales a extinguir" a los trabajadores subrogados de Sanidad
La Comisión de Sanidad de las Cortes Valencianas decidirá hoy el futuro de la Ley 14/2024, un decreto que ahora se tramita como norma, sobre "las medidas extraordinarias en materia de personal del Sistema Valencià de Salut y de organización, gestión y prestación de servicios sanitarios y educativos para dar respuesta a la recuperación después de las graves inundaciones ocurridas el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana".
En esta ley, el PP que preside Carlos Mazón ha enmendado su propio texto original para tratar de abrir un proceso puntual y extraordinario que consolide como funcionarios a los profesionales sanitarios afectados por las reversiones a la sanidad pública de los departamentos de Torrevieja y Dénia en Alicante, y Alzira y Manises en Valencia.
Se estima que entre todos hay entre 7.000 u 8.000 profesionales que quedaron en un limbo laboral: el de los "profesionales a extinguir", ni funcionarios ni contratados como lo estaban en un principio por las empresas concesionarias.
El problema es tan grave para muchas personas que el PSPV-PSOE con la actual portavoz en el Ayuntamiento de Alicante como consellera de Sanidad, Ana Barceló, trató de impulsar una "empresa pública" que les contratase poco antes de la reversión de Torrevieja. Compromís, con Mónica Oltra al frente, se opuso de forma frontal e impidió esa maniobra de los socialistas.
La enmienda que introduce el PP para tratar de solucionar el caos (aunque sea en una ley referida a la Dana del 29 de octubre), se refiere a que "se articulará un proceso selectivo de carácter extraordinario, de forma excepcional y por una sola vez, para que el personal laboral subrogado a extinguir que presta servicios en el Sistema Valenciano de Salud pueda acceder a la condición de personal estatutario fijo. Para garantizar su permanencia en las plazas estatutarias que vienen ocupando, podrán ofertarse aquellas plazas ocupadas por el personal que haya superado el proceso selectivo".
Y añade: "Mediante un decreto del Consell, se determinarán los criterios generales que han de regir las convocatorias, los efectos de la estatutarización, los requisitos de acceso, así como la valoración de méritos, en la que se tendrán en cuenta los servicios prestados en dicha condición de personal laboral a extinguir".
Esta enmienda se refiere directamente al artículo 7, que señala que "será incompatible la toma de posesión como personal estatutario fijo con la vigencia del vínculo contractual como personal laboral a extinguir en la misma categoría y, en su caso, especialidad. A tal efecto, la toma de posesión como personal estatutario fijo por quien ostente la condición de personal laboral a extinguir conllevará la renuncia automática de esta última condición".

Y prosigue: "No será obstáculo a lo anterior la calificación de las plazas que pueda ocupar este personal como propias de personal funcionario o estatutario, pudiendo desempeñarlas transitoriamente en la condición a extinguir, por lo que, cuando deje de ocuparlas, las mismas deberán proveerse de acuerdo a su naturaleza y conforme a los procedimientos adecuados en virtud de la misma".