Un perro en un vehículo, en una imagen de Shutterstock.

Un perro en un vehículo, en una imagen de Shutterstock.

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Ya ha entrado en vigor: la Ley de Bienestar Animal prohíbe viajar con mascotas sin ventilación y climatización adecuadas

La norma de bienestar animal establece condiciones claras para el transporte seguro y adecuado de las mascotas.

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Alicante
Publicada

La Ley de Bienestar Animal lleva tiempo en vigor, pero todavía sigue generando dudas entre muchos propietarios a la hora de viajar con sus mascotas. Entre sus medidas más relevantes se establece que los animales deben ser transportados en vehículos con ventilación y climatización adecuadas, garantizando en todo momento su seguridad.

En los últimos años, perros, gatos y otras mascotas se han convertido en un miembro más de la familia. Sin embargo, no todo el mundo tiene claro qué exige exactamente la normativa cuando se trata de moverlos de un lugar a otro.

Ante la duda, la referencia clave es la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que regula con detalle cómo debe realizarse el transporte.

El artículo 59 de la ley es claro. Cuando se transporten animales, la persona responsable debe garantizar que están en condiciones de realizar el viaje y que se atienden sus necesidades físicas y de comportamiento.

Esto incluye algo fundamental, como es el medio de transporte, incluso si es un coche particular, debe contar con "sistema de climatización y ventilación" para mantener al animal dentro de su rango de confort.

Además, el texto legal subraya que los animales deben viajar con espacio suficiente para evitar el hacinamiento, siempre en función de su tamaño y especie. También deben estar protegidos de condiciones adversas y no permanecer en situaciones que puedan perjudicar su salud o seguridad. La ley insiste en que "se eviten lesiones y sufrimiento a los animales" durante todo el trayecto.

Otro punto relevante es la obligación de cubrir sus necesidades básicas, como son el agua, comida y descanso a intervalos adecuados. En el caso del transporte profesional, se exige además un plan de contingencia ante posibles imprevistos.

Mascotas en vehículos estacionados

La normativa también pone el foco en los animales que permanecen en vehículos parados. En estos casos, el artículo 60 establece que deben adoptarse medidas para asegurar una temperatura y ventilación adecuadas, evitando cualquier riesgo por calor o falta de aire.

Cuando el transporte forma parte de una actividad profesional, el responsable debe llevar documentación que garantice quién recibirá al animal en destino. Si esto no ocurre, será obligatorio asegurar su cuidado inmediato. Además, en desplazamientos dentro de la Unión Europea, puede exigirse un certificado de movimiento intracomunitario.

Una de las medidas más contundentes es la prohibición del envío de animales vivos por mensajería o correo, salvo excepciones muy concretas bajo estrictas condiciones de seguridad, control de temperatura y transporte especializado.

Entrada y control de animales

La ley también regula la entrada de animales de compañía procedentes de otros países. En estos casos, el responsable debe acreditar toda la documentación sanitaria y legal del animal, incluyendo su identificación, origen y destinatario final. Si el animal es identificable, debe registrarse en un plazo máximo de 72 horas desde su llegada.

Además, deben cumplirse requisitos como vacunaciones obligatorias, -especialmente la antirrábica-, y tratamientos veterinarios exigidos por la normativa europea y nacional. Si se produce un rechazo en aduanas, la empresa transportista debe garantizar igualmente el bienestar del animal.