Imagen de archivo de un prostíbulo.

Imagen de archivo de un prostíbulo.

Elda COMARCAS

Condenado el propietario de un club de alterne de Novelda por no dar de alta a las empleadas

De 15 trabajadoras del prostíbulo, únicamente 5 estaban en situación regular, siendo dos de ellas de nacionalidad rumana. 

11 mayo, 2021 17:00
alicante

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La ausencia de un marco legal sobre prostitución en España no está impidiendo que, de vez en cuando, los responsables de esta práctica reciban un correctivo por parte de la Justicia, aunque, eso sí, por cuestiones alejadas del negocio del sexo. 

Eso es lo que ha pasado en Novelda, donde el propietario del club de alterne Hostal Villamexico ha sido condenado a nueve meses de cárcel por ser el autor criminal de un delito contra la Seguridad Social al no tener dadas de alta a diez de sus quince empleadas. 

Los hechos ocurrieron el pasado 19 de diciembre de 2017, señala la sentencia hecha pública este martes por el Tribunal Superior de Justica de la Comunidad Valenciana (TSCJV). Pasadas las 11 de la noche, funcionarios de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Alicante y del Cuerpo Nacional de Policía levantaron acta de infracción tras identificar a once de las quince trabajadoras. 

La sentencia de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante señala que, en el control de empleo, hubo empleadas que se encontraban en situación irregular, constando seis de ella de alta y de baja el mismo día, el 19 de diciembre, cuando su horario de trabajo se prolongaba hasta la madrugada del día siguiente. 

En otros casos, directamente no estaban dadas de alta en la Seguridad Social o habían sido dadas de baja hacía seis años. Asimismo, la sentencia cita a dos mujeres de nacionalidad rumana como empleadas en situación irregular. Las cuatro restantes y ausentes esa noche sí que estaban dadas de alta. 

Copa del cliente

La sentencia del magistrado Mira-Perceval Verdú concluye a su vez que "todas ellas tenían una relación laboral con la empresa recibiendo un porcentaje del 50% o 100% respecto de la copa del cliente". 

Es el caso de, por ejemplo, una mujer de nacionalidad rumana con horario de 18 horas a 2 de la mañana recibía "un porcentaje de la empresa el mismo día antes del cierre del establecimiento del 50% del precio de la consumición al que era invitada por el cliente".

La sentencia asegura que el precio, en líneas generales, "era establecido por la propia empresa siendo dicho porcentaje ratificado por el cónyuge del administrador y por la camarera", que sí que estaba dada de alta en el momento de la inspección.    

Acuerdo con Fiscalía

El fallo de la condena ratificado por la Audiencia Provincial ha contado con un pacto de conformidad alcanzado por el abogado del acusado con el Ministerio Fiscal y la representación de la Tesorería de la Seguridad Social. Dicho acuerdo ha pasado por retirar la petición inicial de la Fiscalía de que se declarase la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad Villamexico Novelda S.L.

Con todo, la condena de nueve meses de prisión va unida a la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de seis meses a razón de una cuota diaria de cuatro euros con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como el pago de las costas, incluidas las de la acusación particular.

Sobre esta empresa pesa otra sentencia administrativa con fecha de junio de 1997 cuando su responsable fue condenado al pago de una multa de 6.160 euros por una infracción grave y dos leves en relación con las condiciones de seguridad del establecimiento.