Audiencia Provincial Alicante.

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Benidorm

Dos años por seccionar la yugular a un hombre con una copa de cristal en una discusión en Benidorm

La Audiencia de Alicante lo condena a dos por un delito de lesiones después de cambiar el cargo inicial de homicidio en grado de tentativa.

9 mayo, 2024 11:05
Alicante

Un hombre acusado inicialmente por un delito de homicidio en grado de tentativa al seccionar la yugular a otro tras golpearle con una copa de cristal en Benidorm ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a dos años de prisión por un delito de lesiones.

El encausado reconoció los hechos en el inicio del juicio, el pasado 22 de abril, tras alcanzar un acuerdo de conformidad por el que la Fiscalía modificó su escrito de calificación inicial para pasar a acusarle de un delito de lesiones, al concluir que no obró con el propósito de matar.

El suceso tuvo lugar en torno a las 22:35 horas del 12 de octubre de 2018 en las inmediaciones de un bar de Benidorm cuando el procesado inició una discusión con el perjudicado y que, en un momento del enfrentamiento, le golpeó en el cuello con una copa de cristal.

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La copa se rompió causando al agredido una sección en la yugular interna por la que tuvo que ser intervenido de urgencia. De hecho, la sentencia señala que ese corte "puso en peligro inminente" la vida del perjudicado, que habría fallecido "de no mediar" la participación de un cliente del bar, que taponó la herida con una camiseta, con ayuda de un agente de Policía Nacional, hasta que llegaron los sanitarios.

El fallo que "no consta certeza de que el acusado quisiera matar" al asestar el golpe, que provocó la ruptura fortuita de la copa y el consiguiente corte en el cuello.

A la hora de determinar la imposición de la pena, el tribunal de la Sección Tercera que enjuició los hechos aplica la atenuante de embriaguez. Como recoge Efe, este cree probado que el procesado actuó bajo los efectos del alcohol, y de dilaciones indebidas, ya que la causa había sufrido varias paralizaciones no imputables al acusado hasta la celebración del juicio.

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Se impone al encausado dos años de privación de libertad que quedan en suspenso por un plazo de cuatro años con la condición de que cumpla diez jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad. Al tiempo, esa suspensión queda ligada a que asuma el pago de la compensación económica acordada con la Fiscalía para resarcir a la víctima, por un importe de 72.000 euros.