¿Puede entrar el casero en un piso alquilado?

¿Puede entrar el casero en un piso alquilado?

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¿Tiene derecho el casero a entrar en mi piso sin avisar? Esto es lo que establece la Ley

Es esencial revisar el contrato de alquiler y conocer la Ley para entender los derechos y obligaciones del inquilino y del casero. Aquí te decimos lo que establece la legislación con respecto a la privacidad del domicilio alquilado.

26 septiembre, 2023 08:54

Cuando llega el mes de septiembre se inician muchas mudanzas, tanto de estudiantes que llegan a una nueva ciudad para iniciar un nuevo curso de estudios como para quienes tienen que comenzar una nueva aventura laboral en otro lugar. Sea cual sea la razón, en muchos casos supone enfrentarse al primer contrato de alquiler, y este hecho es normal que genera muchas dudas.

Todo arrendatario debe ser consciente de que todo contrato de alquiler está regido por diferentes pactos, cláusulas y condiciones que vienen determinados por la voluntad de las partes, tal y como establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Dicho esto, una de las dudas más frecuentes tiene que ver con el hecho de saber si el casero puede entrar en un piso sin permiso de su arrendatario, y para encontrar la respuesta tan solo tenemos que acudir a la ley, que es clara al respecto y deja claro que NO.

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En el artículo 18 de la Constitución Española se indica claramente que "El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”. De esta manera, una vez que se ha firmado el contrato de alquiler, el domicilio del arrendatario pasa a ser el inmueble que ha alquilado y no el del propietario, por lo que no podrá entrar en el mismo sin permiso o estará infringiendo la ley.

Pese a todo, puede haber algún propietario que quiera incluir en el contrato su derecho a entrar en la vivienda de forma periódica con la finalidad de poder comprobar el estado en el que se encuentra. Sin embargo, de ser así, nos encontraríamos ante una cláusula ilegal que quedaría anulada.

¿Qué le ocurrirá al casero si incumple la normativa?

Si el casero decide incumplir la normativa, el inquilino está en su derecho de denunciarlo, con la posibilidad de que sea acusado de cometer un delito de allanamiento de morada, tal y como recoge el artículo 202 del Código Penal, en el que se indica que "el particular que, sin habitar en ella, entraré en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años".

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Este sería el castigo para el propietario de la vivienda, que podría ser aún mayor en el caso de que entre en la vivienda utilizando intimidación o violencia. En ese caso, la condena aumentaría de 1 a 4 años de cárcel, así como una multa de 6 a 12 meses.

¿Cuándo sí puede entrar el casero en la vivienda?

La Ley de Arrendamientos Urbanos también contempla algunas excepciones que permiten que el propietario sí pueda acceder al inmueble alquilado, como sucederá en el caso de que la vivienda necesite de obras y reparaciones, aunque para ello tendrá que tener el consentimiento de su inquilino. Si este último negase su entrada, tendrá que responsabilizarse de los daños provocados por la no autorización de la entrada.

Asimismo, existe otro supuesto que posibilita la entrada del casero, como sucede en el caso de que este de comienzo a un proceso de venta del inmueble cuando el inquilino sigue residiendo en el mismo, algo que no supondría un problema siempre que esté reflejado en el contrato. De esta manera, el propietario de la vivienda podría enseñar la misma a posibles compradores interesados.

Los derechos básicos del inquilino

Los inquilinos tienen una serie de derechos básicos que deben conocer, y que, además de poder denunciar al casero si entra en su casa sin permiso, son los siguientes:

  • Negociación de la duración del contrato: aunque es un derecho poco conocido, el inquilino tiene el derecho de poder negociar con el arrendador el tiempo de duración del contrato de alquiler. En la mayoría de los casos se acuerda por un plazo de un año, pero la Ley de Arrendamientos Urbanos permite que el arrendatario rescinda lo pactado una vez que hayan pasado los seis primeros meses. Además, aunque en el contrato se indique una anualidad, se puede ir prorrogando hasta tres años.
  • Adquisición preferente: si el dueño del inmueble decide vender el mismo durante el periodo de vigencia del alquiler, el inquilino tiene preferencia frente a terceros para comprarlo.
  • Solicitar las reparaciones necesarias: el casero está obligado a encargarse de todas las tareas de conservación, mantenimiento y actualización del inmueble para garantizar unas adecuadas condiciones de habitabilidad. El inquilino, por tanto, tiene el derecho a reclamar las reparaciones que considere necesarias para que la vivienda se encuentre en mal estado. Estos gastos, siempre que no vengan derivados de un mal uso del inmueble, no se podrán traducir en una subida de la renta del arrendatario.
  • Recuperar la fianza: el inquilino de un inmueble tiene derecho a recuperar la fianza que es depositada al inicio del contrato del alquiler. Una vez que se va a abandonar el inmueble, lo más habitual es que el propietario acuda a revisar el estado de la vivienda, y si la misma se encuentra en perfectas condiciones, no puede negarse a devolver el dinero a la otra parte. Además, es importante para ello que no existan facturas pendientes de pago. En este sentido, también hay que recordar que el plazo de reintegro del depósito suele ser de un mes, que el tiempo que tarda la administración en abonar la cantidad al propietario desde su solicitud.