Acusado por el crimen de Coia (Vigo) de abril de 2024, en el juicio contra él en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en la ciudad olívica

Acusado por el crimen de Coia (Vigo) de abril de 2024, en el juicio contra él en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en la ciudad olívica Europa Press

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El TSXG acoge este lunes la vista de apelación contra la sentencia del crimen de Coia, en Vigo

La Audiencia tuvo en cuenta las circunstancias atenuantes de alteración psíquica, miedo insuperable y confesión

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Este lunes, día 16 de marzo, la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acogerá la vista de apelación contra el fallo dictado por la Audiencia Provincial de Pontevedra en el que se condenó a 13 años y medio de prisión al autor del crimen de Coia. Se le imputaron los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas. 

La Audiencia consideró probado que este vigués mató a un hombre al que conocía desde hacía años, Francisco Javier B.D., que se presentó en su domicilio en la noche del 6 de abril de 2024, armado con un machete y una barra metálica.

La magistrada presidenta indicó en la sentencia que el acusado le abrió la puerta de su vivienda portando una escopeta, con la que realizó dos disparos, uno de los cuales lo efectuó a menos de un metro de distancia de la víctima, impactando en su mejilla y región cervical izquierda, lo que le causó la muerte.

Sin oportunidad de defenderse

Tal y como concluyó el jurado, la resolución indicó que el acusado actuó aceptando que podría acabar con la vida de la víctima y sin que ésta tuviera oportunidad de defenderse. Además, los disparos los realizó con una escopeta que tenía en su casa, careciendo de licencia, y con el número de serie borrado, por lo que era un arma prohibida.

En el momento de los hechos, José Luis tenía sus capacidades levemente afectadas por el consumo de cannabis y cocaína y por estar diagnosticado de un trastorno de salud mental. Asimismo, la Audiencia señala que actuó "por pánico o terror tal, ante la presencia de la víctima con un cuchillo y una barra de acero, que limitó levemente su capacidad de actuar de otra manera".

Igualmente, en la sentencia se indica que, cuando ya estaba detenido por la Policía como posible autor de los hechos, el acusado confesó la autoría, lo que contribuyó de forma eficaz a la investigación.

Atenuantes

A la hora de dictar las penas, la Audiencia tuvo en cuenta las circunstancias atenuantes de alteración psíquica, miedo insuperable y confesión. Por el delito de asesinato con alevosía lo condenó a 12 años y medio de prisión, y por el de tenencia ilícita de armas a un año de cárcel, tal y como recogió Europa Press.

Con respecto a la responsabilidad civil, estableció que deberá indemnizar a los familiares del fallecido (padres, hermanas e hijos) en cantidades que suman más de 386.000 euros, y pagar otros 609,01 euros a un vecino cuyo coche fue alcanzado por uno de los disparos de la escopeta, causando daños materiales.