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La relación laboral final de los trabajadores de Servicarne era con la empresa ourensana Coren

El Tribunal Supremo estima así los recursos de casación presentados por CCOO Industria y por la Tesorería General de la Seguridad Social

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El Tribunal Supremo ha dictado sentencia por la que estima los recursos de casación presentados por CCOO Industria y por la Tesorería General de la Seguridad Social. Así, reconoce la naturaleza laboral de las relaciones entre las personas de Servicarne que trabajaban en las instalaciones de Coren Ourense.

El fallo anula la sentencia del TSXG de 2022 y declara que Coren era "la verdadera empleadora de las personas afectadas", según informa la agencia Europa Press.

En la sentencia afirman que "Servicarne no realiza de forma real y efectiva la actividad cooperativizada que formalmente constituye su finalidad y objeto social, sino que se ha constituido de manera formal y aparente como una cooperativa de trabajo asociado que utiliza en fraude de ley esa configuración legal".

Los magistrados del Alto Tribunal argumentan que el objetivo es actuar en el mercado como una entidad destinada exclusivamente a la intermediación de mano de obra, a disposición de trabajadores en favor de la empresa principal que ha subcontratado sus servicios y es por este motivo la verdadera empleadora de quienes trabajan en sus instalaciones".