Zona en la que fue hallada la víctima, en Cáceres

Zona en la que fue hallada la víctima, en Cáceres

Sucesos

Un hombre arranca varios dientes y clava unas tijeras a su pareja en Cáceres: condenado a 3 años

La víctima sufrió contusiones, una herida contusa en la cabeza, pérdida de piezas dentales y una herida incisa en el muslo, producida por las tijeras.

1 marzo, 2019 11:20

Un juzgado de Cáceres ha condenado a un varón a tres años de prisión por un delito de lesiones de género, tras haber golpeado a su entonces pareja sentimental durante una discusión y clavarle unas tijeras en un muslo.

Los hechos tuvieron lugar el 15 de octubre de 2016 después de producirse una discusión entre el acusado y su entonces pareja sentimental por motivos económicos a causa de la adicción de los dos a sustancias estupefacientes, en un edificio abandonado próximo a la estación de servicio 'El Pasarón' de Cáceres, según señala la sentencia.

El fallo, asimismo, apunta como hechos probados que ambas personas vivían en dicho edificio abandonado al carecer de recursos, así como que el acusado «golpeó indiscriminadamente a la mujer», primero en la mencionada construcción, y utilizando para ello un cenicero, botellas y «todo lo que pasaba por su mano».

Además, la sentencia, recoge que el acusado llegó a clavarle durante los hechos en cuestión en el muslo a su entonces pareja sentimental unas tijeras. Ya en el exterior empujó a la mujer contra el suelo y le propinó «diversas patadas».

Como consecuencia de esa «agresión múltiple» la víctima sufrió contusiones en brazo, zona lumbar, zona costal y miembros inferiores, así como herida contusa en el cuero cabelludo, arrancamiento de piezas dentarias y herida incisa en el muslo.

Dichas heridas requirieron tratamiento médico-quirúrgico a modo de sutura con puntos de aproximación y medicación analgésica, y sanaron en siete días.

Por todos estos hechos, la sentencia condena al acusado a tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y prohibición de aproximarse a una distancia no inferior a 300 metros a la víctima, así como al domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar frecuentado por la misma.

De igual modo, se le condena al acusado a no comunicar con la víctima por cualquier medio durante cinco años, además del pago de las costas procesales, y a indemnizar a la víctima con 201 euros más, en su caso, los correspondientes intereses legales.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación.