Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda y Agenda Urbana.

Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda y Agenda Urbana. Alberto Ortega / Europa Press

Sociedad

Es oficial: si un arrendador de vivienda quiere retener el dinero de la fianza del alquiler tiene que justificarlo

La abogada Elisa Giménez especifica cuáles son los errores más comunes por parte de los propietarios de vivienda en alquiler.

Más información: Marta García, experta en vivienda: “Un propietario de un piso en alquiler necesita agilidad para recuperarlo”

Publicada
LO ESENCIAL
Exclusivo suscriptores
LO ESENCIAL
Generado con IA

El arrendador solo puede retener la fianza del alquiler si justifica los daños o deudas con pruebas y facturas.

La fianza equivale a una mensualidad de renta para viviendas y es obligatoria según la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Errores frecuentes de propietarios incluyen no dejar constancia del estado de la vivienda, aceptar descuentos sin factura y no reclamar por escrito.

La fianza no es una penalización automática ni un fondo para mejoras, sino una garantía que debe liquidarse justificadamente.

La fianza, según la RAE, es la “cantidad de dinero o bien material que se entrega como garantía del cumplimiento de una obligación”. Si trasladamos el término al mundo del alquiler de vivienda, es una garantía a favor del arrendador o casero.

Se trata de una cantidad en metálico que debe depositar el arrendatario o inquilino a la hora de formalizar el contrato de arrendamiento. La fianza es obligatoria porque, de lo contrario, la relación jurídica no sería válida, según el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

¿De qué cantidad hablamos? Pues del equivalente a una mensualidad de renta si hablamos de vivienda, y de dos mensualidades para uso diferente del de vivienda. Por ejemplo, los locales comerciales.

La fianza no es una cantidad que el propietario pueda retener “por si acaso”, afirma la abogada Elisa Giménez en la red social LinkedIn.

Y añade: “Al finalizar un alquiler, es habitual que surjan discusiones sobre limpieza, pintura, pequeños desperfectos o recibos pendientes. Pero descontar de la fianza exige poder justificarlo”.

Errores

La abogada experta en el sector inmobiliario apunta hasta tres errores muy frecuentes que suelen cometer los propietarios de vivienda de alquiler.

El primero es “entregar las llaves sin dejar constancia del estado de la vivienda. Haz fotos y vídeos el día de la salida, preferiblemente con fecha, y firma un documento de entrega de llaves si es posible”.

El segundo se trata de “aceptar descuentos sin factura ni explicación. No basta con afirmar que hay daños. Debe poder identificarse qué se reclama, por qué y cuál ha sido realmente el coste”.

Y, el tercero y último, “no reclamar por escrito. Una conversación por WhatsApp puede ayudar, pero una reclamación bien planteada deja constancia de la fecha de entrega, la devolución solicitada y el plazo concedido”.

Llegados a este punto, Elisa Giménez remarca que “la fianza no es una penalización automática ni un fondo para mejoras de la vivienda. Es una garantía y debe liquidarse de forma justificada”.

Y concluye: “La prevención empieza el mismo día en que se entra en el piso: inventario, fotografías y comunicaciones claras”.