La ley impone a los dueños de las mascotas el deber explícito de evitar la reproducción incontrolada de sus animales de compañía.

La ley impone a los dueños de las mascotas el deber explícito de evitar la reproducción incontrolada de sus animales de compañía. levers2007.

Sociedad

Oficial: los dueños particulares de mascotas no pueden hacer que críen sin control, según la Ley de Bienestar Animal

Para que críen legalmente el dueño de la mascota debe constar en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.

Más información: Ya entró en vigor: la Ley de Bienestar Animal obliga a los dueños de perros a contratar un seguro de responsabilidad civil.

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Las claves
Las claves

La Ley de Bienestar Animal prohíbe la cría incontrolada de mascotas por parte de particulares.

Solo las personas inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía pueden criar animales legalmente.

Para vender crías, los animales deben estar identificados con microchip o anillado y la venta debe formalizarse con contrato.

La venta directa de animales por internet está prohibida, aunque se permite la publicación de anuncios con datos verificados.

Si tienes mascotas y estás pensando en hacer que críen, debes saber que hay un trámite legal que no puedes evitar. Este lo recoge la Ley de Bienestar Animal, y su objetivo es evitar la cría descontrolada.

Así lo contempla el artículo 26 del documento legal, que exige a los dueños "adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía".

El mismo texto especifica que "la cría solo podrá ser llevada a cabo por personas responsables (...) inscritas en el correspondiente Registro". Este censo es el Registro de Criadores de Animales de Compañía, cuya inscripción es muy sencilla.

Para ello tan solo debemos dar de alta a nuestra mascota como reproductor en el Registro de Animales de Compañía. Esto inscribe automáticamente al dueño como criador.

De acuerdo con el artículo 9 de la Ley de Bienestar Animal, "este registro tiene por finalidad tener constancia de las personas que se dedican a la cría de animales de compañía, (...) tanto con el objetivo de cría comercial como para cría puntual".

¿Cómo vender crías de mascotas legalmente?

La ley exige una serie de procedimientos para poder vender crías de su mascota de forma legal. La primera, como ya hemos visto, es inscribir al animal como reproductor y, por ende, dar de alta al dueño como criador de animales de compañía.

Para poder vender a los animales, estos deben haber sido identificados previamente mediante microchip o anillado. Además, debe constar el nombre del vendedor como dueño.

La venta ha de sellarse con un contrato que incluya toda la información veterinaria de la mascota. Esto incluye todas las características y necesidades del animal.

Como último requisito, las crías de perros y gatos deben tener una edad mínima de dos meses en el momento de la venta.

Prohibiciones para vender una cría de animal

El artículo 57 de la Ley de Bienestar Animal prohíbe la venta directa por internet de un animal de compañía. Esto incluye cualquier aplicación o medio telemático. Sin embargo, sí permite publicitar la venta por estos medios.

Eso sí, todos los anuncios impresos o digitales deben incluir el número de registro de criador del vendedor, así como el número de identificación individual del animal.

De hecho, las propias plataformas digitales están obligadas a verificar los datos del anuncio.

En otras palabras, internet tan solo puede usarse como un escaparate de anuncios verificados, nunca como una plataforma de compraventa directa de animales.