La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Europa Press

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En vigor: el trabajador tiene derecho a una excedencia voluntaria de 4 meses a 5 años sin necesidad de motivo

La excedencia permite hacer una pausa laboral, pero la vuelta a la empresa dependerá de que exista una vacante.

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Las claves

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La excedencia voluntaria permite al trabajador dejar su empleo entre 4 meses y 5 años sin necesidad de justificar el motivo.

Para poder solicitarla, es necesario contar con al menos un año de antigüedad en la empresa.

Durante la excedencia, el contrato se suspende y no se percibe salario, ni se garantiza la reserva del puesto de trabajo original.

El derecho a reincorporación depende de que exista una vacante de igual o similar categoría, y deben pasar 4 años para poder pedir una nueva excedencia voluntaria.

¿Y si pudieras dejar tu trabajo durante unos meses o incluso varios años sin tener que renunciar definitivamente a tu empleo?

Para muchas personas, esta opción puede resultar útil en momentos en los que necesitan tiempo para estudiar, viajar, emprender un proyecto personal, probar otra oportunidad laboral o simplemente hacer una pausa.

La legislación española contempla esta posibilidad mediante la excedencia voluntaria, aunque tiene unas condiciones que conviene conocer antes de solicitarla.

El artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece que la persona trabajadora que tenga al menos un año de antigüedad en la empresa puede solicitar una excedencia voluntaria por un periodo de entre cuatro meses y cinco años.

Además, la norma no exige alegar una causa concreta para acogerse a esta modalidad.

Durante la excedencia, el contrato queda suspendido y la persona deja temporalmente de prestar servicios y de percibir su salario.

Sin embargo, es importante saber que la excedencia voluntaria no implica que la empresa tenga que guardar el mismo puesto de trabajo.

Al finalizar, la persona trabajadora conserva un derecho preferente a reincorporarse si existe una vacante de igual o similar categoría en la empresa.

Por este motivo, solicitar una excedencia no equivale a tener garantizado el regreso al mismo puesto.

La posibilidad de reincorporación dependerá de las vacantes disponibles y de las condiciones que establezcan tanto la legislación como, en su caso, el convenio colectivo aplicable.

También existe un límite para volver a solicitarla. El Estatuto de los Trabajadores señala que deben transcurrir cuatro años desde el final de la anterior excedencia voluntaria para poder ejercer nuevamente este derecho.

Otro aspecto que genera muchas dudas es el derecho a cobrar el paro. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explica que pasar voluntariamente a esta situación no da derecho, por sí mismo, a cobrar la prestación por desempleo, ya que no existe una situación legal de desempleo.

No obstante, si durante la excedencia se trabaja para otra empresa y el contrato termina por una causa ajena a la voluntad de la persona trabajadora, podría existir derecho a prestación, dependiendo de las circunstancias.

En definitiva, la excedencia voluntaria permite hacer una pausa laboral de entre cuatro meses y cinco años, siempre que se cumpla el requisito de antigüedad.

Es una herramienta útil para afrontar cambios personales o profesionales, pero antes de solicitarla conviene revisar el convenio colectivo y tener claro que no garantiza la reserva del puesto de trabajo.