Aire acondicionado en la fachada de un edificio.
La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: puedes reclamar el goteo del aire acondicionado de tu vecino, según el artículo 7.2
Puedes reclamar siempre que el goteo caiga en tu propiedad o incluso en la calle.
Más información: Entró en vigor: el Gobierno ya multa a los propietarios que tengan el aire acondicionado en la fachada con hasta 3.000 €
Cada vez es menos habitual ver un aire acondicionado que gotea directamente sobre otro balcón o en la calle. No es para menos, ya que la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) contempla este tipo de situaciones como algo que no está permitido.
Si estás sufriendo esto o eres tú mismo el que no está haciendo las cosas como debes, en este artículo te contamos la manera de proceder y las posibles consecuencias para aquel que no ponga solución al goteo indiscriminado.
En primer lugar, la LPH no deja dudas en su artículo 7.2: "Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar (...) actividades (...) que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas".
El goteo del aire acondicionado entra directamente en contradicción con este artículo, puesto que puede ocasionar desperfectos con el paso del tiempo. De hecho, la ley contempla la indemnización por daños y perjuicios, si procede, a raíz de este problema.
Pero el procedimiento a seguir es más pausado. Ante esta situación lo primero es alertar al vecino en cuestión para que haga cesar el goteo. Si este continúa, el aviso pasa al presidente de la comunidad.
Y si nada cambia, el mismo presidente, con la previa autorización de la junta de propietarios, puede interponer una acción judicial para el cese del goteo.
¿Se puede multar a un vecino si su aire acondicionado gotea fuera de su propiedad? Sí, pero eso dependerá de si el goteo también afecta a la vía pública. Para que nos entendamos, existen dos intereses a los que puede perjudicar este problema.
Las dos vías legales contra un goteo
El primero es el de cualquier propietario al que afecte. En este caso, el procedimiento es el que hemos visto, con la posibilidad de llevar el caso a la vía civil por daños y perjuicios.
El otro interés corresponde al municipio, administrado por el ayuntamiento. Aquí es donde pueden aparecer las multas, cuyas cantidades dependerán de la ordenanza municipal de cada localidad.
¿Tengo que quitar el aire acondicionado si gotea?
No, basta con solucionar el hecho de que el agua caiga en una propiedad que no sea la nuestra. Eso sí, vale la pena asegurarse de que el compresor exterior de nuestro aire acondicionado no está colgado en la fachada de nuestro edificio.
Y es que desde este 2026 ya no está permitido que estos elementos dependan de la fachada. La Ley de Propiedad Horizontal lo ampara como elemento común de la comunidad. Las multas por esta infracción pueden llegar hasta los 3.000 euros.