Elma Saiz, ministra de Seguridad Social, y Pedro Sánchez, presidente del Gobierno.

Elma Saiz, ministra de Seguridad Social, y Pedro Sánchez, presidente del Gobierno.

Sociedad

Es oficial: el Gobierno mejora la pensión de aquellos jubilados que vuelvan a trabajar como autónomos

Te contamos todas las novedades que han sido aprobadas en Consejo de Ministros que mejoran poder optar a la jubilación flexible.

Más información: Ya ha entrado en vigor: el trabajador tiene derecho a elegir turno y poder teletrabajar

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Las claves

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El Gobierno ha aprobado un real decreto que permite a los jubilados compatibilizar su pensión con trabajo como autónomos, mejorando los incentivos para la jubilación flexible.

La medida entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE y permite que los jubilados sigan trabajando, siempre que hayan sido autónomos en los tres años previos a su jubilación.

Se amplía el rango de jornada compatible para jubilados: ahora podrán trabajar entre el 33% y el 80% de una jornada y recibirán incentivos económicos adicionales en su pensión.

Durante la jubilación flexible, los pensionistas mantienen el acceso a asistencia sanitaria y protección social, y podrán ver incrementada su pensión inicial al regresar a la jubilación plena tras cotizar más tiempo.

Hay quien sueña con jubilarse, cuanto antes, mejor. Pero hay quien también quiere alargar su vida laboral. Y aquí es donde entra en juego lo que se conoce como jubilación flexible. ¿En qué consiste?

Básicamente, en poder combinar salario y prestaciones públicas. Una mejora de la que no sólo se aprovechan los trabajadores por cuenta ajena, también los autónomos.

Y es que el Gobierno impulsa que los pensionistas trabajen como autónomos a la par que amplía incentivos para la jubilación flexible.

Entrada en vigor

La medida ha sido aprobada por un real decreto en el Consejo de Ministros. Y el Gobierno, como suele decirse, ha ‘matado dos pájaros de un tiro’.

Porque, por un lado, incentiva un mercado laboral que necesita de mano de obra. Y, por otro, acaba ahorrando en el gasto público en pensiones.

¿Cuándo va a entrar en vigor? Pues será tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Volvamos a la jubilación flexible. La misma ofrece la posibilidad a los pensionistas de jubilación que, si voluntariamente lo desean, puedan reincorporarse a la actividad. De esta manera, puede compatibilizar un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial con la pensión.

Como novedad en el nuevo real decreto, también se puede compatibilizar la pensión con una actividad por cuenta propia. Es decir, que puede convertirse en autónomo.

Eso sí, para que así sea, han tenido que estar dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación. ¿Y cuándo se puede pedir la jubilación flexible una vez la persona se ha jubilado? No hay un plazo determinado, sino que, una vez reconocida la pensión, se puede hacer.

Incentivos económicos

Para facilitar que estas personas opten por la jubilación flexible, se han mejorado los incentivos económicos. Así, y en el caso de los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, la horquilla para la realización de esta jornada se abre del 33% al 80%.

Recordemos que, antes de esta mejora, el jubilado podía realizar una jornada entre el 25% y el 75%.

Importante: La cuantía de la pensión, con relación a la de un trabajador a tiempo completo, se reducirá en proporción inversa a la disminución de la jornada de trabajo.

También conviene subrayar otra novedad. Y es que cuando se acceda a la jubilación flexible pasados al menos 6 meses desde la jubilación, el pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión.

De esta manera, las jornadas a tiempo parcial, que se encuentren entre el 55 y el 80%, incrementarán el importe de la pensión en un 25% adicional; mientras que, las que sean igual o superior al 33%, pero inferiores al 55%, subirán un 15% adicional.

¿Y en el caso de los autónomos? El pensionista podrá percibir hasta 25% de la pensión mientras desarrolla la actividad compatible.

Otro punto relevante a destacar es que, durante el periodo de jubilación flexible, el trabajador seguirá teniendo la condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social.

Por último, el pensionista que haya accedido de forma involuntaria a una jubilación anticipada, cuando regrese a la jubilación plena desde la jubilación flexible, verá mejorada su pensión inicial al recalcularse su base reguladora y el porcentaje aplicable, según el periodo de cotización acreditado.