María Cristina Clemente Buendía.

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Sociedad

María Cristina, notaria: “Para no pagar el Impuesto de Sucesiones pon a tus hijos como dueños de la vivienda”

La notaria desveló que esta "estrategia" para ahorrarse el gravamen, realmente en la práctica tiene ciertas complicaciones.

Más información: Suecia da una lección a España con el Impuesto de Sucesiones: los padres e hijos están exentos de pagar el tributo

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Las claves

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La notaria María Cristina Clemente advierte sobre la estrategia de poner a los hijos como dueños de la vivienda para evitar el Impuesto de Sucesiones.

Aunque se evita el Impuesto de Sucesiones, los hijos deben pagar el de donaciones y la plusvalía municipal al recibir la vivienda en vida de los padres.

El donante también debe asumir un aumento en el IRPF, ya que Hacienda considera una ganancia patrimonial en las donaciones.

El impacto fiscal de donar o heredar varía según la comunidad autónoma, siendo en Madrid del 99% de bonificación para hijos y cónyuges.

El Impuesto de Donaciones y Sucesiones en España es un tema bastante controvertido, principalmente porque son muchos los españoles que en ocasiones renuncian a herencias con tal de no hacer frente a este gravamen.

Así, muchos son los expertos que han compartido estrategias para evitar este impuesto. Así, la notaria María Cristina Clemente Buendía compartió en su canal de YouTube su sorpresa al descubrir "la nueva estrategia" de redes sociales para eludir el Impuesto de Sucesiones.

No obstante, desveló que aunque esta estrategia en efecto permite no pagar el impuesto, en la práctica el heredero tendría que acabar haciendo frente a otros gastos, además de que, si no se lleva a cabo de manera correcta se pueden ver en problemas fiscales.

¿Qué dice la notaria?

"Cuando pensaba que nada del mundo jurídico de las redes podría sorprenderme llegó la nueva estrategia para no pagar el Impuesto de Sucesiones: poner a tus hijos como dueños de la vivienda antes de que fallezcas", comenzó exponiendo la notaria.

Así, la experta señaló que aunque esto es cierto, hay otros factores a tener en cuenta: "Claro que los hijos no pagarán el Impuesto de Sucesiones cuando fallezcas porque ya pagaron el de donaciones y la plusvalía municipal cuando los bienes fueron puestos a su nombre en vida de los padres".

Además de esto, expresó que existe un "tercer impuesto" que no existe en las herencias, pero sí en las donaciones: Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) para el donante.

En las donaciones Hacienda considera que quien recibe la donación ha recibido una ganancia patrimonial con lo cual el donante tendrá que pagar más IRPF. Sin embargo, en las sucesiones la Agencia Tributaria, en cierto sentido, perdona ese IRPF.

"El poner la casa a nombre de sus hijos, ya sea en plena propiedad o solo en nuda propiedad, reservándote tú el usufructo, se sigue llamando donación", continuó señalando la notaria.

De esta manera, la notaria señaló que lo que muchos no tienen en cuenta a la hora de llevar a cabo esta estrategia es que "no hay donación sin escritura pública, artículo 633 del Código Civil; y no hay escritura sin impuesto".

Ahora bien, es importante recordar que las donaciones y las herencias forman parte del mismo impuesto: el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. No obstante, como expresó correctamente la notaria no tienen la misma carga impositiva y se suele decir que las donaciones son más baratas que las herencias.

Además, este impuesto también varía dependiendo de la comunidad autónoma. Por ejemplo, en Madrid la bonificación de este impuesto es 99% para hijos y cónyuges.

No obstante, en España la tarifa estatal oscila entre el 7,65% y el 34% de lo heredado, dependiendo de donde se resida y qué parentesco se tenga con el fallecido, ya que, no es una cifra fija sino que es un impuesto progresivo.

Así, dependerá de esto último si se aplica la "estrategia" de poner de propietarios a los herederos para que figure como una donación o, simplemente, pagar el Impuesto de Sucesiones.