La castellano-manchega Isabel Rodríguez, ministra portavoz del Gobierno

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Sociedad

Ya es oficial: prohibido el aire acondicionado en las fachadas o los vecinos podrán exigir su retirada

La Ley establece que la comunidad de vecinos podrá prohibir que un inquilino ponga un aire acondicionado en la fachada del edificio.

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Las claves

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La Ley de Propiedad Horizontal prohíbe instalar aires acondicionados en la fachada sin el permiso unánime de la comunidad de vecinos.

Las excepciones permiten la instalación solo si no se altera la fachada ni se rompe la estética del edificio y se cuenta con normativa específica.

Si un propietario instala el aire sin autorización, la comunidad puede exigir su retirada e incluso recurrir a la vía judicial.

Antes de instalar un aire acondicionado, es obligatorio consultar los estatutos de la comunidad y pedir permiso a la junta de vecinos.

Las comunidades de vecinos en España son una entidad formada por los dueños de pisos, locales o garajes en un mismo edificio y son los encargados de gestionar los elementos comunes.

Esta comunidad de propietarios se rige por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y debe velar porque se cumpla en el edificio buscando que haya un buen mantenimiento del inmueble, una aprobación de presupuestos, gestión de la convivencia y el pago de cuotas.

De esta manera, una de sus responsabilidades es evitar un deterioro de la estética del edificio. Así, la ley señala que la instalación de aires acondicionados en la fachada del edificio queda estrictamente prohibido sin el consentimiento previo y unánime de la junta de propietarios o, por el contrario, habrá consecuencias.

¿Cómo funciona?

El artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que el propietario puede hacer modificaciones, pero con límites: estas alteraciones no pueden menoscabar ni alterar la seguridad del edificio, su estructura general, ni su configuración o estado exteriores.

De esta manera, para llevar a cabo estas obras es preciso dar cuenta de ello previamente a quien represente a la comunidad. Así, si un propietario decide hacer una obra que modifique la fachada del edificio, considerado un elemento común, sin permiso se considera ilegal.

No obstante, existen ciertas excepciones que permiten al propietario instalar el aire acondicionado. Si el aparato se instala en un lugar que no altera la fachada ni otros elementos comunes, siempre que no sea visible desde el exterior o rompa la estética, podría estar permitido.

Si el edificio ya cuenta con una preinstalación específica para aire acondicionado, es preciso contar con un permiso adicional para ello. Además, algunos edificios ya tienen regulado en sus estatutos de la comunidad dónde y cómo se pueden poner estos equipos para evitar discrepancias.

En el caso de que un vecino decida instalar un aire sin autorización, la comunidad tomará medidas al respecto. En primer lugar se puede exigir su retirada inmediata, lo cual obligaría al propietario a invertir dinero en este proceso.

Por otro lado, si la situación acaba escalando, puede llegar a las salas de los tribunales donde la jurisprudencia suele dar la razón a la comunidad, dependiendo del caso, lo que obliga al dueño a desmontar el equipo, reparar los daños en la fachada e incluso enfrentarse a sanciones económicas o el pago de costas judiciales.

¿Qué hacer antes de instalarlo?

Lo primero que hay que hacer en este caso es consultar los estatutos de la comunidad y cerciorarse de si existe una normativa previa. En segundo lugar, es preciso pedir el permiso de la junta de vecinos, para lo cual es recomendable presentar un proyecto técnico que muestre los detalles de la instalación.

Así, también es importante consultar la normativa municipal, ya que, además de la comunidad cada ayuntamiento tiene sus propias ordenanzas sobre ruidos, distancias y protección del patrimonio histórico.

Teniendo esto en cuenta, al final esta normativa no solo busca conservar una armonía arquitectónica de los inmuebles, sino que otorga a las comunidades de vecinos una potestad legal de exigir la retirada inmediata de los equipos no autorizados obligando así a los infractores a enfrentarse a costosos procesos judiciales y sanciones económicas.