La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, durante la sesión de control al Gobierno.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, durante la sesión de control al Gobierno. Europa Press

Sociedad

Es oficial: la Seguridad Social paga 4.900 euros en un pago único a las familias que tienen mellizos o gemelos

La Seguridad Social ofrece hasta 4.884 euros en un pago único por tener gemelos o mellizos, una ayuda clave para afrontar el aumento de gastos.

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Las claves

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La Seguridad Social concede un pago único de casi 5.000 euros a familias que tienen gemelos o mellizos.

La ayuda por nacimiento o adopción múltiple no depende de ingresos ni cotizaciones previas y es de carácter universal.

La cuantía se calcula en función del Salario Mínimo Interprofesional y puede aumentar si uno de los bebés tiene discapacidad.

El plazo para solicitar la ayuda es de hasta cinco años tras el nacimiento o adopción y es incompatible con prestaciones similares de mutualidades de funcionarios.

El nacimiento de un hijo siempre supone un giro radical en la vida de cualquier familia. Pero cuando llegan dos (o incluso más) al mismo tiempo, la alegría se multiplica… y también los gastos.

Pañales, alimentación, ropa o equipamiento básico se duplican de golpe, lo que puede poner contra las cuerdas la economía doméstica en cuestión de semanas.

Para aliviar este impacto, la Seguridad Social contempla una ayuda específica que muchos padres aún desconocen: un pago único que puede alcanzar casi los 5.000 euros en el caso de gemelos o mellizos.

Se trata de la prestación por nacimiento o adopción múltiple que concede el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), una ayuda económica no contributiva pensada para compensar el incremento de gastos cuando nacen o se adoptan dos o más hijos al mismo tiempo.

A diferencia de otras prestaciones, no depende de las cotizaciones previas ni del nivel de ingresos, lo que la convierte en una medida de carácter universal.

La cuantía de esta ayuda se calcula en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en el momento del nacimiento.

Según el último dato oficial fijado en 2026, el SMI se sitúa en 1.221 euros mensuales, y a partir de ahí se aplica un multiplicador según el número de hijos nacidos en el mismo parto o adopción.

En el caso más habitual, el de gemelos o mellizos, la Seguridad Social abona el equivalente a cuatro veces el SMI, lo que se traduce en un pago único de 4.884 euros.

Si el nacimiento es de trillizos, la cuantía asciende a ocho veces el SMI (9.768 euros), mientras que para cuatro hijos o más alcanza las doce veces el salario mínimo, es decir, 14.652 euros.

La normativa contempla además un supuesto especial que puede aumentar considerablemente la ayuda. Si alguno de los menores tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, contará como dos hijos a efectos del cálculo.

Por ejemplo, en un parto de mellizos donde uno de los bebés tiene discapacidad, la familia pasaría a percibir la cuantía correspondiente a tres hijos, elevando la ayuda hasta los 9.768 euros.

Para poder acceder a esta prestación, es imprescindible residir legalmente en España y que los hijos convivan con el solicitante y dependan económicamente de él.

Sin embargo, no existe ningún límite de ingresos, lo que permite que cualquier familia, independientemente de su situación económica, pueda beneficiarse de esta ayuda.

Eso sí, hay que tener en cuenta una incompatibilidad importante: si uno de los progenitores pertenece a mutualidades de funcionarios como MUFACE, ISFAS o MUGEJU, y tiene derecho a una prestación similar, será necesario elegir entre ambas.

Por último, el plazo para solicitar esta ayuda es amplio: puede pedirse hasta cinco años después del nacimiento o adopción. La forma más rápida de hacerlo es a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, aunque también es posible tramitarla de forma presencial o por correo postal.