El presidente de Estados Unidos, Donald Trump.

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump. Aaron Schwartz Europa Press

Sociedad

Estados Unidos rechaza a España: autoriza el embargo de sus bienes por 93 millones tras los impagos en las renovables

Un tribunal autoriza la incautación al considerar que España no ha cumplido una indemnización relacionada con los recortes a las energías renovables.

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Las claves

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Un tribunal de EE. UU. ha autorizado el embargo de bienes españoles por 93 millones de euros debido al impago de indemnizaciones a inversores internacionales en renovables.

La decisión responde a la falta de pago de España tras un laudo internacional del CIADI relacionado con recortes a las ayudas a energías renovables hace más de una década.

El tribunal permite registrar la sentencia en todo EE. UU. y acceder a información bancaria y empresarial para localizar activos españoles.

La medida se considera un precedente relevante para la ejecución internacional de laudos arbitrales en el sector de las renovables.

El conflicto entre los inversores internacionales y el Estado español por los recortes a las energías renovables ha dado un nuevo giro, pero esta vez en los tribunales.

El Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito de Columbia ha autorizado avanzar en el embargo de bienes de España por un importe cercano a los 93 millones de euros, al considerar que el país no ha cumplido con el pago de la indemnización que se le había interpuesto en un arbitraje internacional.

La decisión, firmada el pasado 10 de abril por la jueza Beryl A. Howell, se enmarca en la fase de ejecución de un laudo del CIADI, organismo dependiente del Banco Mundial que resuelve disputas entre Estados e inversores extranjeros.

Todo esto viene de hace más de diez años, cuando España cambió las normas sobre las ayudas a las energías renovables, unos cambios que hicieron que muchos proyectos dejaran de ser tan rentables como se esperaba.

El tribunal estadounidense concluye que ha transcurrido un plazo razonable desde la condena, dictada en septiembre de 2025, sin que España haya abonado la cantidad ni presentado garantías suficientes. Por ello, abre la puerta a que los acreedores busquen bienes españoles en Estados Unidos y, si procede, los embarguen.

Asimismo, el tribunal también permite que la sentencia se registre en otros distritos del país, lo que facilita ampliar la ejecución y localizar bienes en otras zonas. Además, autoriza el uso de órdenes judiciales para pedir información a bancos, empresas y terceros que tengan relación con España.

Por otro lado, el tribunal no acepta los argumentos de España, que decía que aún había recursos pendientes y que las normas de la Unión Europea limitaban el pago. Según la corte, eso no es motivo suficiente para retrasar el cumplimiento de la sentencia.

Fuentes del sector consideran que esta decisión marca un precedente relevante en la ejecución internacional de laudos vinculados a renovables.

De hecho, los acreedores ya han iniciado movimientos para rastrear activos relacionados con operaciones comerciales y eventos internacionales, incluyendo acuerdos con compañías como Adidas o Hilton, así como vínculos con la FIFA.