Montaje de Arcadi España (foto: A. Pérez Meca / Europa Press) y un grupo de jubilados (Pixabay).

Montaje de Arcadi España (foto: A. Pérez Meca / Europa Press) y un grupo de jubilados (Pixabay).

Sociedad

Es oficial: más de 90.000 mutualistas recibirán intereses de demora de Hacienda por no tramitar sus expedientes

Te contamos cuál es el plazo que maneja para devolver el dinero y el porcentaje de más que suele desembolsar si no lo cumple.

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Las claves

Más de 90.000 mutualistas recibirán intereses de demora de Hacienda por no tramitar sus expedientes a tiempo.

La devolución se debe a que estos jubilados tributaron de más por sus aportaciones a mutualidades laborales entre 1967 y 1978.

El Tribunal Supremo estableció que debían haber tributado solo por el 75% de sus pensiones, permitiendo una minoración del 25%.

Hacienda debe pagar intereses de demora del 4,0625% si no devuelve el dinero en un plazo de seis meses tras la solicitud.

Los jubilados mutualistas están recibiendo 'en sus bolsillos' lo que en su día aportaron de más a la Agencia Tributaria (AEAT). Y es así gracias a la sentencia del Tribunal Supremo 255/2023. Pero no todos.

Según los datos del Ministerio de Hacienda (ahora bajo la batuta de Arcadi España tras recibir la cartera de María Jesús Montero), son más de 770.000 los mutualistas que todavía no han recibido ningún importe. La principal razón, porque no lo han solicitado.

Pero 90.717 personas que sí lo han hecho a través del formulario elaborado por la Agencia Tributaria se están encontrando con que sus expedientes no han empezado a tramitarse.

Recordemos que estas personas tributaron de más por sus pensiones y cuotas a las mutualidades. ¿Por qué? Porque estas aportaciones deberían haber recibido el mismo tratamiento fiscal que las cotizaciones a la Seguridad Social.

Así, los trabajadores que aportaron a mutualidades laborales entre 1967 y 1978 tributaron por el 100% de sus pensiones. Sin embargo, deberían haberlo hecho por el 75%.

El TS argumentó su decisión en una disposición transitoria de la Ley del Impuesto sobre la Renta. La misma permite aplicar una minoración del 25% sobre las rentas derivadas de estas aportaciones.

A continuación, te mostramos qué sucede si la Agencia Tributaria no efectúa el pago correspondiente en el plazo establecido.

Intereses a recibir

Los jubilados mutualistas que tributaron tal y como se ha dicho anteriormente deben saber que la AEAT dispone de un plazo de seis meses después de presentar la solicitud o la declaración rectificada para devolverles el dinero.

¿Qué sucede si Hacienda tarda más de esos seis meses en pagar? Tal y como apunta la AEAT en su página web, el jubilado tiene derecho al pago de intereses de demora.

“Si se devuelve lo ingresado en la declaración de IRPF, los intereses se calcularán desde la fecha en que se hubiera producido el ingreso”, explican desde la Agencia Tributaria.

Y añaden: “Si se devuelven las retenciones u otros pagos a cuenta que se hubieran deducido en la declaración de IRPF, se abonarán intereses si han transcurrido más de 6 meses desde la presentación de la solicitud de rectificación”. ¿Cuáles serían esos intereses? Pues del 4,0625%.

Aquellos jubilados mutualistas que no hayan presentado la solicitud de devolución deben saber que deben hacerlo a través de la sede electrónica de la AEAT. ¿Requisitos?

Rellenar el formulario e incorporar un número de cuenta bancaria de la que sea titular el solicitante y un número de teléfono. Y es necesario disponer de número de Referencia, Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e).