Pedro Sánchez, presidente del Gobierno.

Pedro Sánchez, presidente del Gobierno. Europa Press

Sociedad

El Gobierno lo confirma: obliga a los bancos a informar de los pagos por Bizum de autónomos y empresas a partir de 2026

Las entidades deberán enviar periódicamente a Hacienda información de los cobros que reciben sus clientes cuando son autónomos o empresas.

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Las claves

A partir de 2026, los bancos deberán informar mensualmente a Hacienda sobre todos los pagos recibidos por Bizum, tarjetas y otros medios electrónicos por autónomos y empresas.

La nueva norma, incluida en el Real Decreto 253/2025, no afecta a los Bizum entre particulares, solo a ingresos vinculados a actividades económicas.

El objetivo es controlar mejor los ingresos de autónomos y empresas y reducir la "caja B electrónica", cruzando datos de facturación con declaraciones fiscales.

La medida no implica nuevos impuestos, sino una mayor transparencia y control sobre las transacciones electrónicas profesionales.

El servicio digital de pagos inmediatos Bizum ha tenido un ascenso meteórico en los últimos años. De hecho, se estima que actualmente cuenta con aproximadamente 30,6 millones de usuarios en España y Andorra.

Así, más allá del uso cotidiano, Bizum ofrece un servicio específico para autónomos y empresas con fines profesionales que facilita el pago entre sus clientes.

Sin embargo, si bien tenían que declarar estos ingresos igual que si fueran transferencias, efectivo o tarjeta, ahora el Gobierno ha impuesto que los bancos deban informar todos los movimientos a la Agencia Tributaria.

Las nuevas normas para los Bizum

A partir de 2026, los pagos recibidos por Bizum, tarjetas y otros medios electrónicos por parte de autónomos y empresas estarán bajo el control directo de la Agencia Tributaria.

La medida, incluida en el Real Decreto 253/2025, obliga a los bancos y entidades de pago a remitir cada mes información detallada sobre la facturación electrónica de sus clientes empresarios y profesionales, sin importar el importe de la operación.

Esta obligación no afecta a los Bizums entre particulares, como regalos o pagos compartidos entre amigos, sino exclusivamente a los ingresos vinculados a la actividad económica.

El cambio representa una actualización de las obligaciones informativas de las entidades financieras, cuyo objetivo es ofrecer a Hacienda un mapa más completo de los ingresos de autónomos y empresas.

Hasta ahora, solo se reportaban ciertos pagos superiores a un umbral, como 3.000 euros, mientras que los cobros menores podían pasar inadvertidos.

Con la normativa, cualquier ingreso por Bizum profesional, TPV físico o virtual, o pasarelas electrónicas entrará en los informes mensuales.

En la práctica, esto implica que si un autónomo cobra 50 euros por un servicio vía Bizum, ese pago también se reflejará en los reportes que la entidad envía a Hacienda.

El procedimiento es claro: cada entidad financiera generará un informe mensual con la facturación recibida por cada cliente identificado como empresario o profesional.

Esta información permitirá a Hacienda cruzar los datos con declaraciones de IVA, IRPF o Sociedades.

El objetivo es reducir la llamada "caja B electrónica", un espacio que algunos negocios utilizaban para recibir pagos sin dejar constancia fiscal evidente.

Así, cualquier desfase entre los ingresos declarados y los realmente recibidos por Bizum o TPV saltará automáticamente en los sistemas de control tributario.

Es importante subrayar que no se trata de un impuesto nuevo ni de una fiscalización inmediata, sino de una obligación de reporte que proporciona transparencia a las transacciones electrónicas de carácter profesional.

Los cobros entre particulares permanecen fuera del alcance de esta normativa, lo que permite que el uso cotidiano de Bizum para regalos, cenas o pequeñas colectas siga sin complicaciones fiscales.

La entrada en vigor de la norma se sitúa en enero de 2026. Para autónomos y empresas, esto supone la necesidad de llevar un registro cuidadoso de sus cobros y de mantener la contabilidad al día, asegurando que los pagos recibidos coincidan con los declarados.

La medida refuerza así el control tributario sobre los pagos digitales, reflejando la creciente digitalización de la economía y la prioridad de Hacienda por cerrar brechas en la tributación de las operaciones electrónicas.