La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. Europa Press

Sociedad

Es oficial: el trabajador puede ausentarse 4 días, percibiendo el 100% de su salario por fuertes vientos, lluvias e inundaciones

El Estatuto de los Trabajadores permite a los trabajadores un permiso retribuido por imposibilidad de llegar al puesto de trabajo.

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Las claves

Los trabajadores en España pueden ausentarse hasta 4 días con el 100% de su salario en caso de fuertes vientos, lluvias o inundaciones que impidan el desplazamiento al trabajo.

El permiso climático está recogido en el Estatuto de los Trabajadores mediante el Real Decreto-ley 8/2024 y aplica en situaciones con avisos naranjas o rojos por emergencias meteorológicas.

Las empresas deben aceptar este permiso, adaptar la organización y evitar represalias contra quienes lo soliciten, fomentando el teletrabajo siempre que sea posible.

Si la situación se prolonga más de cuatro días, las empresas pueden recurrir a mecanismos como los ERTES para gestionar la ausencia laboral por fuerza mayor.

Las constantes borrascas que han azotado España en las últimas semanas han puesto al país en alerta con fuertes precipitaciones, inundaciones y fuertes vientos.

De esta manera, conviene recordar a los trabajadores españoles la existencia de un permiso retribuido de hasta cuatro días que permite ausentarse del trabajo en aquellos casos en los que no es posible desplazarse al centro de trabajo.

Este permiso climático busca proteger al trabajador en estas situaciones extremas en las cuales podría ponerse en riesgo la integridad del empleado.

¿Qué es el permiso climático?

En vista de las adversidades climáticas originadas por los temporales, el Ministerio de Trabajo y Economía Social recordó a través de sus redes sociales que "Cuando se emite un aviso naranja o rojo por condiciones meteorológicas adversas puedes reducir o modificar tu jornada."

"Dispones de 4 días de permisos retribuidos por imposibilidad de acudir al trabajo. La Inspección de Trabajo vigilará el cumplimiento de la normativa", sentenció la institución gubernamental, aprovechando la presente situación para recordar a las empresas que deben respetar dicho permiso.

Este permiso climático está incluido en el Estatuto de los Trabajadores vía el Real Decreto-ley 8/2024, donde se agregó un supuesto específico para hablar de las emergencias climáticas y fenómenos meteorológicos adversos.

Se puede recurrir a este permiso cuando no se pueda acceder al centro de trabajo ni transitar por las vías necesarias por las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones de las autoridades competentes.

Por otro lado, como fue recordado por el ministerio, también incluye situaciones de riesgo grave e inminente por catástrofes naturales o fenómenos meteorológicos adversos, como es el caso de las alertas rojas y naranjas de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet).

Como fue mencionado anteriormente, es un permiso retribuido, con lo cual el empleado sigue percibiendo el 100% de su salario como si hubiera trabajado.

No obstante, si la situación llegara a alargarse más allá de los cuatro días permitidos, es posible prolongar dicho permiso, pero a partir de ahí la empresa deberá acudir a mecanismos de fuerza mayor como ERTES de reducción de jornada.

Además, se anima a las empresas que permitan el teletrabajo a acudir a esta opción en dichas situaciones para evitar desplazamientos peligrosos.

Por su parte, las empresas deben aceptar el permiso y adaptar la organización, absteniéndose de represalias contra el trabajador que se acoja a este derecho.

Además se exige a las empresas tener protocolos en situaciones como esta, para asegurar la seguridad de su plantilla de trabajadores.

Asimismo, los empleados podrán pedir este permiso comunicándole a la empresa la imposibilidad de acudir a su puesto de trabajo y, si es necesario, podrán acogerse a las alertas oficiales de la Aemet.

También, se permite que tanto empresa como empleado pacten fórmulas mixtas adaptando jornadas o combinando la modalidad de teletrabajo con presencial.