La sentencia del Tribunal Supremo declaró esta actividad como discriminatoria.

La sentencia del Tribunal Supremo declaró esta actividad como discriminatoria. Imagen de archivo

Sociedad

La Ley lo confirma: es ilegal utilizar la incapacidad temporal como excusa para reducir un salario o incentivos

La sentencia del Tribunal Supremo del 16 de enero declara ilegal penalizar la enfermedad y ciertos permisos retribuidos reduciendo el salario.

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Las claves

El Tribunal Supremo dictamina que es ilegal y discriminatorio reducir salarios o incentivos por días de baja médica o permisos retribuidos.

La sentencia protege los derechos de los trabajadores a mantener salarios fijos y variables durante bajas médicas y permisos legales, como los vinculados a la conciliación o el cuidado de familiares.

Excluir los días de ausencia justificada del cálculo de incentivos supone una discriminación, especialmente hacia las mujeres, según la Ley 15/2022 de igualdad de trato.

Las empresas deberán revisar sus sistemas de retribución variable para garantizar que no penalicen a quienes ejercen derechos legales reconocidos.

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia, compartida por la Unión General de Trabajadores (UGT), que declaró como ilegal y discriminatorio que se excluyan de la retribución variable y fija los días de baja médica y permisos retribuidos reconocidos por la ley.

Sobre ello, el Supremo sentenció que "la incapacidad temporal no puede utilizarse como excusa para reducir salarios ni incentivos", según lo redactado por la UGT.

Dicha sentencia corresponde al 16 de enero de 2026 y confirma el criterio de la Audiencia Nacional, enviando un mensaje directo de que los incentivos deben respetar los derechos fundamentales de las personas trabajadoras.

¿Qué dice la sentencia?

La sentencia, en un caso entre una empresa y la UGT, confirma lo decidido por la Audiencia Nacional dando la razón al sindicato.

De esta manera declara ilegal y discriminatoria la práctica de excluir del cálculo de la retribución variable, por ejemplo, incentivos o bonus, los días de baja médica y determinados permisos retribuidos.

Así, se afirma que la incapacidad temporal no puede utilizarse como excusa para reducir salarios ni incentivos.

Según la Ley 15/2022, de igualdad de trato y no discriminación, se considera y prohíbe excluir los días de baja médica del variable, al ser discriminación directa por razón de salud.

Dicha ley tiene como objetivo garantizar la igualdad de trato y prohibir la discriminación por motivos de la enfermedad o la condición de salud, estableciendo que la enfermedad no puede justificar diferencias de trato salvo aquellas situaciones en las que sea estrictamente necesario.

Por otro lado, la sentencia protege de forma expresa a otros permisos retribuidos del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores: permisos por enfermedad grave u hospitalización de familiares, ejercicio de funciones sindicales y aquellos vinculados al embarazo, parto, adopción o acogimiento.

El Supremo recuerda que estos permisos son derechos legales y, por lo tanto, dan derecho a remuneración. Así, excluirlos de los incentivos salariales es una discriminación indirecta, sobre todo contra las mujeres, al estar ligados a tareas de cuidados y conciliación.

De esta manera los permisos deben mantener el salario fijo y el acceso a incentivos y variables, colocando como mensaje central que no se permite premiar la mera 'presencialidad' castigando con ello a quienes ejercen derechos legales.

Asimismo, el órgano judicial obliga a revisar modelos de retribución variable basados en jornadas productivas u otros criterios que descuenten estos permisos legales o bajas médicas.

La UGT no duda en definir dicha sentencia como algo muy positivo para el sector, explicando que "refuerza la protección frente a la discriminación" y que "blinda los derechos en materia de salud y discriminación".

Con ello añadió que "seguiremos vigilantes y actuando para que ninguna empresa haga negocio a costa de los derechos y la salud de la plantilla".