Una práctica muy común y errónea.

Una práctica muy común y errónea. Istock

Sociedad

Es oficial: en un patio interior de una comunidad no se puede tender según el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal

La normativa prohíbe a los propietarios modificar elementos comunes de sus viviendas, incluso en patios de uso privativo, sin autorización de la comunidad.

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Las claves

La Ley de Propiedad Horizontal prohíbe instalar tendederos fijos en patios interiores sin autorización de la comunidad, aunque sean de uso privativo.

El artículo 7.1 establece que no se pueden modificar elementos arquitectónicos ni instalaciones que alteren la seguridad, estructura o derechos de otros propietarios.

Los tendederos portátiles, que no afectan la estructura ni elementos comunes, suelen estar permitidos sin requerir aprobación de la comunidad.

La comunidad de propietarios puede exigir la retirada de tendederos fijos no autorizados y tomar medidas para proteger los intereses generales del edificio.

Cuando te asomas a un patio interior de un edificio en España, lo habitual es ver algún que otro tendedero con ropa recién lavada. Algo bastante común en muchas comunidades, sobre todo cuando ese espacio está destinado al uso exclusivo de una vivienda.

Sin embargo, la Ley de Propiedad Horizontal deja claro que tener un patio de uso privativo no significa que se pueda hacer cualquier modificación a voluntad.

Según la normativa, el hecho de que un patio sea de uso privativo no permite a su dueño poder hacer modificaciones a su gusto. Esto quiere decir que, aunque sea tu patio, no puedes instalar un tendedero fijo sin consultar antes a la comunidad.

El problema surge cuando el tendedero se coloca de forma permanente o se fija a paredes, muros o techos. En estos casos, la ley protege los elementos comunes frente a cambios realizados por un vecino sin permiso.

El artículo 7.1 establece que el propietario puede realizar actuaciones dentro de su vivienda o patio, pero con un límite claro ya que "el propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad".

Así, un tendedero con anclajes fijos o que implique perforaciones en la fachada, entra dentro de estas restricciones.

En cambio, si se usa un tendedero portátil o temporal, sin fijaciones ni impactos en la estructura del patio, normalmente no se considera una alteración de los elementos comunes y no requiere la aprobación de la comunidad.

Aun así, la convivencia sigue siendo un factor importante. El artículo 7.2 advierte que no se deben desarrollar "actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas".

Por ejemplo, un tendedero que provoque humedades, goteos o molestias constantes puede ser retirado aunque el patio sea de uso privativo.

Además, la Ley de Propiedad Horizontal otorga a la comunidad la facultad de velar por los intereses generales del edificio. El artículo 14.e) indica que corresponde a la Junta de propietarios "decidir sobre los asuntos de interés general y velar por el adecuado uso de los elementos comunes".

Por tanto, si un vecino instala un tendedero fijo sin autorización, la comunidad puede exigir su retirada y en caso de que no se cumpla, se pueden tomar medidas para hacer respetar estas normas.