Montaje de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid.

Montaje de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid.

Sociedad

Ya es oficial: descuento del 50% del impuesto de sucesiones en Madrid para los familiares que cumplan estos requisitos

Desde el 1 de julio de 2025, los herederos de segundo y tercer grado como los hermanos o tíos tienen una bonificación del 50% de la cuota impositiva.

Más información: Hacienda se despide de la deducción del 15% en el IRPF para los conductores de vehículos eléctricos en 2026

Publicada

Las claves

La Comunidad de Madrid aplicará desde el 1 de julio de 2025 un descuento del 50% en el Impuesto de Sucesiones para herederos de segundo y tercer grado como hermanos, tíos y sobrinos.

Actualmente, los herederos en Madrid de primer grado disfrutan de una bonificación del 99% en el impuesto, pagando solo el 1% del total.

Si el fallecimiento ocurrió entre el 28 de octubre de 2022 y el 1 de julio de 2025, los herederos de segundo y tercer grado pueden acceder a un descuento del 25%.

Madrid también ofrece una reducción adicional de hasta 8.000 euros en la base imponible del impuesto para hermanos del fallecido.

El Impuesto de Sucesiones consiste en un tributo que grava el traspaso de bienes, derechos y obligaciones de la persona fallecida a sus herederos. Una tarifa que siempre supone un quebradero de cabeza para muchas familias que tienen que realizar una serie de trámites tediosos y que afectan al bolsillo al mismo tiempo que pasan el duelo.

Las bonificaciones de Sucesiones varían según la legislación de la comunidad autónoma en cuestión. En el caso de la Comunidad de Madrid, elimina casi en su totalidad el tributo al aplicarse desde 2007 un descuento del 99%, por lo que los sucesores sólo tienen que pagar un 1%.

Sin embargo, los sucesores con segundo o tercer grado de consanguinidad (hermanos, tíos, sobrinos...) se pueden acoger desde el 1 de julio de 2025 a una bonificación del 50% de la cuota tributaria.

Reducción por parentesco de hasta 8.000 euros

En cambio, si el fallecimiento se ha producido antes de esta fecha y después del 28 de octubre de 2022, los herederos tendrán un descuento que se queda en el 25%, según confirma la Comunidad de Madrid en su página web.

Por ejemplo, si muere tu hermano y a la hora de presentar la liquidación el importe del impuesto íntegro es de 150 euros, el coste tributario se reduciría a la mitad hasta los 75 euros.

En paralelo, la región gobernada por Isabel Díaz Ayuso (PP), incluye otro tipo de reducciones en el marco de este impuesto. Destaca la reducción por parentesco del fallecido, que en el caso del Grupo III -donde están los hermanos- se pueden reducir hasta 8.000 euros del total de la transacción de la herencia.

En cambio, como cada comunidad autónoma recauda el Impuesto de Sucesiones y, por lo tanto, decide las bonificaciones que establece para familiares directos o hermanos, las cifras varían en las otras 16 autonomías.

Bonificación para familiares directos en el resto de España

  • Andalucía: 99%
  • Aragón 99%
  • Asturias: exentos hasta los 30.000 euros
  • Baleares: 100%
  • Canarias: 99,9%
  • Cantabria: 100%
  • Castilla-La Mancha: entre el 80% y el 100%
  • Castilla y León: 99%
  • Cataluña: entre el 99% y el 20%
  • Comunidad Valenciana: 99%
  • Extremadura: 100% hasta los 500.000 euros
  • Galicia: 99%
  • La Rioja: 99%
  • Navarra: exentos hasta los 250.000 euros
  • País Vasco: exentos hasta los 400.000 euros
  • Murcia: 99%

Cabe destacar que el Ejecutivo madrileño ha abogado históricamente por la reducción de impuestos como bandera de su gestión, basada en generar empleo y poner el máximo número de facilidades en materia de impuestos a los empresarios y a las familias.

Eso sí, tanto Madrid como el resto de comunidades autónomas tratan de bonificar lo máximo posible un impuesto con un componente emocional tan alto como el de Sucesiones.