Imagen de archivo de un trabajador enfermo.

Imagen de archivo de un trabajador enfermo. iStock

Sociedad

Confirmado por la ley de trabajadores: si enfermas durante tus vacaciones, puedes recuperar esos días de descanso

Según el Estatuto de los Trabajadores, si las vacaciones coinciden con una incapacidad temporal, se pueden coger fechas cuando acabe la baja.

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Las claves

El Estatuto de los Trabajadores permite recuperar los días de vacaciones si se enferma durante el periodo de descanso.

Para que los días de vacaciones cuenten como incapacidad temporal, es necesario obtener un parte de baja médica y comunicarlo a la empresa.

Los días de vacaciones no disfrutados por baja médica pueden tomarse en otro momento, dentro de los 18 meses siguientes al año en que se generaron.

Este derecho ha sido respaldado por la jurisprudencia europea y española, garantizando que los trabajadores no pierdan sus días de descanso por enfermedad.

Al igual que aspectos como el despido procedente, los descansos o la jornada máxima de trabajo, el Estatuto de los Trabajadores regula los derechos y deberes en las relaciones laborales.

Sin embargo, muchas veces los trabajadores desconocen sus propios derechos, incluso en el ámbito de las vacaciones, más allá de los 30 días naturales como mínimo.

Así, según el artículo 38 del Estatuto, si durante su período de vacaciones, el trabajador enferma o se encuentra en situación de incapacidad temporal, puede recuperar los días de descanso no disfrutados en otro momento.

Derecho a las vacaciones

Las vacaciones son uno de los derechos laborales más valorados: un período para descansar, desconectar y recargar energías.

Según el Estatuto de los Trabajadores, todos los empleados tienen

Aquí entra en juego el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores y un derecho que a veces pasa desapercibido: la posibilidad de recuperar los días de vacaciones que se pierden por enfermedad o incapacidad temporal.

Una baja médica, o incapacidad temporal, es el certificado que expide un profesional sanitario cuando no puedes desempeñar tu trabajo debido a enfermedad o accidente.

De acuerdo con la ley, si enfermas durante tus vacaciones y obtienes el parte de baja, esos días de descanso se consideran interrumpidos y puedes disfrutarlos más adelante.

Esto aplica no solo a bajas por embarazos, parto o lactancia, sino a cualquier enfermedad que genere incapacidad temporal, siempre cumpliendo ciertos límites: las vacaciones no disfrutadas deben tomarse en un plazo máximo de 18 meses desde el final del año en que se generaron.

De ese modo, el art. 38 del Estatuto lo establece de manera clara: si las vacaciones coinciden con una incapacidad temporal que impida disfrutarlas, se podrán coger después de que termine la baja.

Este derecho no es solo teórico, ha sido reforzado por la jurisprudencia europea y española. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado que la baja médica interrumpe las vacaciones, y que los días perdidos deben recuperarse.

En España, los tribunales aplican este criterio, incluso si el año natural ha terminado, respetando siempre los límites legales. En la práctica, el procedimiento es sencillo, aunque requiere diligencia.

Primero, acude al médico y solicita el parte de baja desde el primer día que estés enfermo, aunque ya estuvieras de vacaciones. Segundo, comunica por escrito a tu empresa que estás de baja y solicita que esos días de vacaciones se consideren incapacidad temporal.

Por último, una vez que finalice tu baja médica, podrás reprogramar esos días de descanso pendientes y disfrutarlos en un momento posterior.

Este derecho refleja un principio fundamental: las vacaciones son para descansar, no para enfermarse. No perderlas por coincidir con una baja médica protege tanto a tu salud como tu tiempo libre.

Aunque muchas personas desconocen esta normativa, el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores garantiza que nadie pierda sus días de descanso por causas ajenas a su voluntad, y que el tiempo de recuperación sea respetado.

En definitiva, si enfermas durante tus vacaciones, no estás obligado a perder tus días de descanso. Basta con seguir los pasos legales y administrativos para asegurar que tu baja médica interrumpa tus vacaciones y puedas disfrutarlas más adelante.