Un clip del anuncio de la Loteria de Navidad 2025.

Un clip del anuncio de la Loteria de Navidad 2025. Youtube

Sociedad

Confirmado por el Tribunal Supremo: puedes cobrar el Gordo de la lotería de Navidad sin presentar el décimo

Te contamos los requisitos para que puedas cobrar cualquier décimo de lotería, incluida la de Navidad, sin poseer el boleto premiado.

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Las claves

El Tribunal Supremo ha confirmado que es posible cobrar el Gordo de la Lotería de Navidad sin presentar el décimo físico.

Para cobrar el premio sin el décimo, es necesario acreditar la posesión del boleto, identificarlo exactamente y certificar que nadie lo ha cobrado.

La jurisprudencia recoge casos en los que se ha reconocido el derecho al premio por pruebas como testimonios, identificación bancaria o denuncia de extravío.

Se pueden aportar testigos, datos de compra y denuncias para demostrar la titularidad del décimo extraviado o destruido.

El anuncio de la Lotería de Navidad de este año muestra a una pareja que, en el Rastro de Madrid, encuentra un décimo enmarcado. Dicho boleto fue premiado con el Gordo 30 años atrás pero su propietario no lo cobró.

Bien sea por descuido, por haber sido robado o porque se ha perdido, una persona puede verse en la circunstancia de saber que ese número estaba en su posesión (porque lo compró o se lo regalaron) pero no lo tiene materialmente.

Te contamos lo que dice la ley al respecto, y los cambios que pueden hacer que dicho boleto premiado pueda ser cobrado.

Loterías y Tribunal Supremo

Si echamos la vista atrás, y ponemos el foco en el artículo 18 de la Instrucción General de Loterías de 1956, ese décimo perdido o robado no se podría cobrar: "No se satisfará premio alguno sin la previa presentación del billete o fracción que lo obtenga, cuyo documento no podrá ser reemplazado ni sustituido de ningún modo".

Sin embargo, el Tribunal Supremo, en diferentes sentencias, ha dicho lo contrario. Así, se puede cobrar “siempre previo cumplimiento de determinados requisitos”, matiza Soledad Parra, asesora legal de Traslot102. ¿Cuáles son esas sentencias?

- Sentencia de 2 de abril de 1983, el Tribunal Supremo reconoció el derecho a percibir el premio en un caso en que el interesado había depositado el décimo premiado en una sucursal bancaria.

Allí quedó quedó identificado por su número, serie y fracción, si bien con posterioridad fue sustraído al ser atracada dicha sucursal.

- Sentencia de 2 de noviembre de 1987, el Tribunal Supremo llegó a la misma conclusión de reconocer el derecho a percibir el premio a una persona que depositó el décimo premiado en una sucursal bancaria, donde quedó identificado por su número, serie y fracción.

Dos días después lo retiró con la intención de depositarlo en otra entidad bancaria, en la que se le iba a abonar el premio con mayor rapidez, no pudiendo efectuar este segundo depósito por extraviar el décimo antes de llegar al último banco.

- Sentencia de 10 de marzo de 2009, un jugador de la ONCE pudo cobrar un premio de 30.000 euros porque el Tribunal Supremo consideró que había suficientes pruebas, como testimonios de su vendedor y compañeros, para acreditar que compró y extravió el cupón premiado.

Más allá de las sentencias, hay tres requisitos para poder cobrar un billete premiado sin presentarlo. El primero, acreditar la posesión del décimo destruido/extraviado. El segundo, proporcionar una identificación exacta del décimo: número, serie y fracción. ¿Y el tercero?

Otorgar una certificación acreditativa de que nadie percibió el importe del décimo premiado en el plazo reglamentario establecido para ello. O sea, que nadie ha cobrado ese décimo previamente.

Si no hemos depositado el billete en una entidad bancaria, como sucedía en el caso de las sentencias del Tribunal Supremo, ¿cómo se puede acreditar la posesión del décimo premiado?

"Se puede acreditar con testigos que declaren que jugabas ese número, que te vieron comprarlo, que lo compraron contigo, y que lo juegas habitualmente”, subraya Soledad Parra.

Y concluye: “También se puede acreditar dando todos los datos de dónde y cuándo lo compraste e identificándolo. Por ejemplo, si dices que lo compraste en el bar X el día H, se puede comprobar que ese bar vendió esos décimos en esas fechas. Otra posibilidad es denunciar el extravío antes del sorteo".