La mujer, de 44 años, fue añadiendo razones por las cuales no podía trasladarse a Galicia y casarse.

La mujer, de 44 años, fue añadiendo razones por las cuales no podía trasladarse a Galicia y casarse. ChatGPT

Sociedad

Estafa histórica en Galicia: condenada por robarle casi 72.000 euros a un hombre al que le prometió matrimonio

La acusada argumentó que no hubo engaño, ya que ella se mostró transparente y el hombre fue quien le ofreció el dinero.

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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia condenó a dos años y medio de prisión, además de una multa de 1.920 euros (8 euros diarios) y una indemnización de 71.900 euros más intereses, a una mujer por estafar a un hombre de 66 años.

El hombre había puesto un anuncio en la sección de contactos de un periódico, en el que indicaba que necesitaba compañía y buscaba una mujer que “estuviera interesada en una relación estable de pareja”. En dicho anuncio, dejó su número de teléfono y se describió como una persona “cariñosa, honrada y sensible”.

Al día siguiente, contactó con él una mujer de 44 años, residente en Leganés y de nacionalidad rumana. Ella “le hizo creer que aceptaba la propuesta y que pensaba trasladarse a A Coruña (donde vivía el hombre) para convivir y casarse”, según explica la defensa de la víctima. Sin embargo, la mujer nunca llegó a establecerse en A Coruña.

¿Cómo consiguió hacerse con 71.900 euros?

Como se explicó anteriormente, en un principio la mujer aseguró a la víctima que sus intenciones eran trasladarse a Galicia y contraer matrimonio. No obstante, según redacta en la sentencia oficial la defensa, “lo que se proponía era obtener todo el dinero posible, convenciéndolo primero de su enamoramiento y luego de múltiples y ficticias adversidades o enfermedades”.

Así, el hombre, que se encontraba en silla de ruedas, sumó a su dependencia física otra emocional. La acusada comenzó a pedirle transferencias para atender motivos de salud, tanto propios como familiares, así como cuestiones logísticas, como la repatriación de la casa de sus padres en Rumanía.

Algunos de los problemas que alegaba tener la acusada fueron un ictus de su madre, problemas con el coche, un accidente de su padre y su ingreso en un hospital privado, hasta llegar al último, que consistía en unas inyecciones en Estados Unidos para curar un bulto en la cabeza, problema para el cual no obtuvo financiación.

El hombre llegó a realizar hasta 14 transferencias, todas ellas de dinero procedente de sus ahorros y de 34.749,53 euros solicitados en préstamos. Esto ocurrió hasta que la mujer cortó contacto con él y 'desapareció de su vida'.

El primer órgano en estudiar el caso fue la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, que condenó a la mujer a dos años y medio de prisión, con una multa de 1.920 euros y una indemnización de 71.900 euros, sin contar intereses.

La acusada decidió recurrir alegando presunción de inocencia, explicando que el hombre, voluntariamente, le cedió el dinero. Además, recordó que ella siempre se mostró con transparencia, es decir, ni mintió sobre su nombre, y su dirección de correo y número de teléfono eran verdaderos y verificables, por lo que no hubo engaño.

Por otro lado, la Sala analiza que “podrá discutirse la intensidad del engaño, pero no que fue suficiente para hacer creer a D. Jon que la finalidad del anuncio se había cumplido y que la acusada ocuparía a su lado el lugar que se pretendía con el anuncio”.

Explican que parte del problema está en el hombre, que generó tal dependencia emocional de la mujer que “dispuso de su efectivo y del que logró prestado hasta donde le fue posible”. A esto, se agrega que no hay nada que avale que la mujer tenía previsto casarse con el hombre ni viajar a A Coruña.

En este sentido, razona el Tribunal Superior que, en efecto, podría decirse que no existe nada que pruebe que la finalidad de la mujer era casarse con la víctima, pero sí hay pruebas de que decidió aprovecharse de la situación emocional de él con el objetivo de generar “el error de que está dispuesta al cumplimiento de las condiciones del anuncio”.

Teniendo todo esto en cuenta, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia optó por mantener la sentencia de la Audiencia Provincial, que condena a la mujer a dos años y medio de prisión, además del pago de una multa e indemnización, como fue explicado anteriormente, y, de esta forma, desestimó el recurso de la acusada.