
Un empleado conectando unos cables
Despido nulo: la justicia ordena readmitir a un trabajador al que echaron durante su baja y pagarle dos años de sueldo
El trabajador estaba de baja médica de cinco días durante su periodo de prueba y la entidad optó por prescindir de sus servicios.
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El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha dado la razón a un trabajador que demandó a su empresa por despedirlo mientras se encontraba de baja laboral durante su periodo de prueba.
El empleado, que debe ser readmitido por orden del juez, se encontraba de baja laboral de cinco días por dolor de rodilla y, antes de reincorporarse, la empresa optó por finalizar su contrato por "no considerar satisfactorios sus servicios".
La historia se remonta al 12 de junio de 2023, momento en que el empleado comenzó su contrato temporal de seis meses con la empresa Tragsa, perteneciente a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), con la categoría de oficial. Este contrato incluía un contrato de prueba de 15 días naturales que se extendía hasta el 26 de junio inclusive.
Discriminación por enfermedad
El día 16 de junio, el empleado se acogió a una incapacidad temporal en medio de su periodo de prueba. Así, la compañía tuvo que reemplazarlo y, el día 20 de junio, cuando aún estaba de baja, le comunicó que no había superado el periodo de prueba.
El demandante alegó que existieron indicios de vulneración al derecho a la no discriminación por razón de enfermedad. En primera instancia, el Juzgado Social de Palma de Mallorca desestimó su demanda y declaró procedente el despido.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares revocó el fallo del Juzgado Social al entender que hay "indicios de que la empresa incumplió el derecho del trabajador a acogerse a una baja por enfermedad", independientemente de que estuviera en periodo de prueba.
“Es obligado apreciar la existencia de fundados indicios de vulneración del derecho a la discriminación por razón de la enfermedad dado el escaso tiempo transcurrido desde la contratación y la situación de baja y el no menos escaso tiempo transcurrido entre esta situación y el desistimiento empresarial”, argumenta la Sala.
Readmisión y recuperación del salario
Además, el alto tribunal balear explica que entiende la decisión de Tragsa porque la incapacidad temporal implicó que tuviera que contratar a otro trabajador.
No obstante, da la razón al demandante al "no existir justificación objetiva para la extinción de su contrato de trabajo y que la empresa ha incurrido en discriminación por razón de la enfermedad".
Por ello, tras casi dos años de litigios, la sentencia concluye que el trabajador debe ser readmitido. La sentencia no es firme, por lo que la entidad aún puede recurrir al Tribunal Supremo, aunque actualmente Tragsa deberá abonar el salario que el profesional dejó de percibir [dos años] ya que la extinción de su contrato laboral se considera nula por el Tribunal Superior de las Islas Baleares.