Edificio de la Consellería de Sanidade y Servizo Galego de Saúde (Sergas).
Condenan en A Coruña al Sergas por obligar a una médica a realizar guardias durante la lactancia
El Juzgado Social número 2 ha estimado la demanda del Colegio de Médicos de la provincia y cifra la condena en 3.000 euros por daños y perjuicios
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El Sergas deberá pagar una multa de 3.000 euros a una facultativa a la que obligó a realizar guardias durante la lactancia, pese a haber solicitado la exención. Así lo ha estimado el Juzgado Social número 2 de A Coruña a raíz de una demanda interpuesta por el Colegio Oficial de Médicos de la Provincia de A Coruña.
De acuerdo con el escrito judicial, la decisión del Sergas vulnera el derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo e incumplió la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
El Colegio valora positivamente esta sentencia, sobre la que todavía cabe recurso, en un contexto en el que "la presencia de médicas en el Sergas es cada vez más elevada —tanto en atención primaria como especializada— y que su incorporación se produce en edad fértil".
En un comunicado, los médicos de la provincia recuerdan además sentencias anteriores del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que analizan la relación entre la lactancia materna exclusiva y la realización de guardias de 17 y 24 horas en las que "existe un riesgo específico para la madre y el hijo lactante".
Así, se considera necesario acceder a la exención de realizar guardias médicas en horario nocturno, un tipo de jornadas que "generan fatiga por su duración y resultan estresantes para todo el personal —especialmente en días con gran carga de trabajo—, sin distinción de sexos ni de condiciones". De todas formas, los médicos de A Coruña reconocen una influencia "especialmente acusada" en el caso de madres que continúan durante su reincorporación al trabajo con la lactancia.