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En qué situaciones habrá que usar la mascarilla en Galicia a partir del 26 de junio

La normativa estatal y autonómica establece que no es obligatorio el uso de este elemento de protección, pero hay varias excepciones
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A partir de este sábado no serán obligatorias las mascarillas al aire libre siempre que se puedan garantizar los 1,5 metros de distancia entre personas. Así lo anunció esta mañana la Xunta de Galicia y lo ratificó esta tarde el Ministerio de Sanidad tras la reunión del consejo interterritorial.

Esta nueva medida supone un alivio de las restricciones y del uso de este elemento de protección que nos acompaña desde hace ya más de un año. Pero, también hay diferentes excepciones, que han sido explicadas tanto a nivel autonómico como a nivel nacional. A continuación, os explicamos algunos de los casos en los que es opcional u obligatorio el uso de mascarillas.

Varios supuestos

¿Será necesaria en las terrazas?

, incluso si las personas con las que nos encontramos son convivientes. Solo se podrá retirar en el momento de consumir bebida o comida. Esta norma no cambia con respecto a estos últimos meses.

¿En el interior de establecimientos?

Por supuesto que será obligatoria. Por eso, será necesario llevar siempre una mascarilla encima para evitar que se nos prohíba el acceso a cualquier recinto interior.

¿Hay que llevarla por la calle?

No, siempre y cuando se pueda garantizar una distancia mínima de 1,5 metros entre personas. Su uso será voluntario.

¿Paseando con convivientes?

No habrá que llevarla si se puede acreditar que la persona o las personas con las que estamos por la calle son convivientes. En ese caso, no hay que cumplir con la distancia de seguridad de metro y medio.

¿Hay que llevarla haciendo deporte al aire libre?

No. Ya no era obligatorio su uso si se podía mantener una distancia de seguridad entre personas. Tampoco es obligatoria en deportes federados, pero sí en el interior de recintos como gimnasios o piscinas deportivas, retirándose en el momento de entrar al agua.

¿Se debe usar en las playas?

No, aunque habrá que cumplir con un mínimo de distanciamiento entre personas.

¿Los niños deberán llevarla?

Los menores de seis años ya no estaban obligados a llevarla. Los mayores se regirán por las mismas normas que los adultos, incluso en los parques infantiles y otras zonas de ocio.

¿Es obligatoria en el bus o en el tren?

, continuará siendo necesario llevarla en estos medios de transporte.

¿La tengo que llevar en un concierto?

Si es un concierto en un recinto cerrado, su uso será obligatorio. Si es en un recinto al aire libre, se dan dos circunstancias: si el público debe permanecer sentado, no será obligatoria; si los asistentes están de pie, sí.

¿Qué ocurre en calles concurridas?

En zonas donde se puedan producir aglomeraciones o haya una alta densidad de personas será obligatorio su uso al no poder garantizarse un mínimo de distanciamiento social.

¿En espacios de culto y edificios públicos?

Habrá que llevar mascarilla, como en cualquier establecimiento interior.

¿En centros comerciales?

También será obligatorio, tanto en el propio recinto del centro comercial como en los diferentes locales y negocios.

¿En los coches?

En principio, se mantienen las mismas normas que hasta ahora. Será obligatorio su uso cuando se circule con personas no convivientes. Se podrá quitar, cuando se haga con convivientes.

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