Imagen de archivo de las manos de una anciana utilizando un ordenador.

Imagen de archivo de las manos de una anciana utilizando un ordenador. Archivo

Galicia

Funcionarios de la Xunta podrán hacer trámites online en nombre de los ciudadanos que lo pidan

La medida busca ayudar a las personas que no disponen de la capacitación o de los medios para usar la Administración digital. El personal público no accederá al contenido de la documentación presentada

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Funcionarios de la Xunta podrán presentar documentación online por los ciudadanos que así lo soliciten. La medida busca ayudar a las personas que no tienen la capacitación o los medios para usar la Administración digital, principalmente ancianos.

El Consello da Xunta aprobó hoy lunes el Decreto que regula el Registro del Personal Funcionario Público Habilitado y la asistencia para la identificación y la firma electrónica, una norma prevista en la legislación estatal y autonómica de Administración digital.

La medida afecta al personal funcionario en activo que atiende de manera presencial a la ciudadanía en las oficinas de la Xunta, así como al que se encarga de expedir copias auténticas o el que precisa de identificación y firma electrónica en procedimientos determinados.

Este personal funcionario ayudará a las personas físicas que no dispongan de los medios o de los conocimientos necesarios para relacionarse digitalmente con la Administración.

Para acceder al servicio, el ciudadano debe solicitar esta asistencia en las oficinas de atención a la ciudadanía y registro o, en su caso, en la dependencia del órgano tramitador, identificarse y dar su consentimiento expreso para cada actuación a través de un formulario.

El funcionario habilitado podrá emplear la identificación y la firma electrónica, pero no accederá al contenido de la documentación presentada ni comprobará su veracidad o el cumplimiento de los requisitos de la tramitación.

El Decreto también prevé que otras administraciones públicas gallegas, como ayuntamientos o diputaciones, puedan adherirse voluntariamente al registro mediante convenios. El nuevo texto entrará en vigor a los veinte días naturales tras su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y el registro estará operativo tres meses después de esa fecha.

"El objetivo es trabajar para que la administración sea cada vez más digital y la brecha digital cada vez más estrecha hasta que desaparezca, si es posible", señaló el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, este lunes tras la reunión semanal del Ejecutivo autonómico en la que se dio el visto bueno a la medida.

El Registro del Personal Funcionario Habilitado complementa otras medidas para garantizar el acceso universal a la Administración digital, como el Registro Electrónico General de Empoderamientos, que permite que cualquier persona pueda delegar en otra sus tramitaciones. La Xunta, además, trabaja en el desarrollo de asistentes conversacionales con inteligencia artificial como la Plataforma Conversa.

Guía de evaluación ambiental

Galicia, por otro lado, contará con una guía práctica "pionera en España" para agilizar la evaluación ambiental sin perder seguridad jurídica de los proyectos que se instalen en Galicia", según ha explicado el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda. El documento estará a disposición de promotores y órganos de evaluación ambiental.

El manual se enmarca en la aplicación de la Lei de promoción dos beneficios sociais e económicos dos proxectos que utilizan os recursos naturais de Galicia, que establece la necesidad de integrar una valoración de los impactos sociales, económicos y ambientales en los procedimientos de evaluación de los proyectos incluidos en el ámbito de aplicación de la norma.

La valoración debe prestar especial atención a los servicios ecosistémicos, desde la regulación del clima hasta el agua o la fertilidad del suelo, elementos todos ellos que "nos da la propia naturaleza", según explicó la conselleira de Medio Ambiente e Cambio Climático, Ángeles Vázquez.

Así, será preciso estudiar no solo cómo el proyecto afectará de forma directa sobre los elementos ambientales, sino también "las consecuencias que pueden tener sobre el bienestar humano, la salud, la calidad de vida" o la resiliencia de los territorios.

La norma establece que tanto el promotor como los órganos de evaluación ambiental deben identificar los servicios ecosistémicos presentes en el entorno en la que se pretende instalar cada proyecto, describir su estado, evaluar los posibles efectos de la actuación sobre ellos y definir las medidas necesarias para prevenir, reducir, corregir o, en su caso, compensar los impactos adversos.

Las acciones concretas, directas o indirectas, destinadas a la conservación, recuperación y uso sostenible de estos servicios que se vean afectados deben estar debidamente identificadas.

La guía, además, permitirá reducir consultas y evitar requerimientos de enmienda "que puedan generar inseguridad jurídica en los promotores", así como retrasar más los plazos. El documento identificará las presiones que cada proyecto puede ejercer sobre el medio y la adopción de medidas para mitigarlas según el tipo de actividad.

La inclusión de estos aspectos en las evaluaciones ambientales es obligatoria para los proyectos de producción de energía a partir de fuentes renovables como parques eólicos, instalaciones solares fotovoltaicas o aprovechamientos hidroeléctricos, entre otros, así como para iniciativas que requieren una concesión de agua, relacionadas con derechos y concesiones mineras y las instalaciones de almacenamiento de energía eléctrica o térmica.