El exterior de la cafetería Plaza

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A Coruña

El Concello de A Coruña propone una multa de 12.000 euros a la cafetería Plaza por ruidos nocturnos

La propuesta de sanción a la cafetería Plaza, ubicada en la plaza Rafael Dieste, irá este miércoles 16 de septiembre a la Junta de Gobierno Local

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El Concello de A Coruña llevará este miércoles 16 de septiembre a la Junta de Gobierno Local la incoación de un expediente sancionador a la cafetería Plaza, situada en la plaza Rafael Dieste, por una presunta infracción muy grave de la ordenanza municipal contra la contaminación acústica.

El expediente parte de una denuncia vecinal por los ruidos procedentes del establecimiento, una problemática que, según consta en la documentación municipal, llevaba produciéndose durante los dos últimos años. El afectado alertaba de un ruido constante y de una fuerte sensación de vibración en el dormitorio contiguo, lo que le impedía descansar con normalidad.

La Policía Local acudió al lugar durante la noche del pasado 5 de junio, alrededor de las 23:50 horas, para comprobar la situación y realizar una medición acústica desde la vivienda afectada.

Los agentes localizaron el origen del ruido en una de las extracciones de aire de la Cafetería Plaza, cuyo motor se encuentra en un altillo próximo al dormitorio en el que se efectuaron las mediciones. Antes de iniciar las pruebas, se descartó además la existencia de otros establecimientos cercanos que pudieran interferir en los resultados.

15 decibelios por encima del máximo permitido

Para comprobar la procedencia del ruido, los agentes realizaron mediciones en dos situaciones diferentes: con el sistema de extracción funcionando y con este apagado. Además, solicitaron al establecimiento que encendiese y apagase la extracción, constatando que el ruido aparecía y desaparecía al mismo tiempo que se accionaba el sistema.

La medición se inició a las 23:57 horas y terminó a las 00:28 horas. El resultado, una vez aplicadas las correcciones correspondientes, fue de 40 decibelios en el dormitorio.

El límite establecido para una estancia de una vivienda situada en zona residencial durante el horario nocturno es de 25 decibelios, por lo que el ruido procedente del establecimiento superaba en 15 decibelios el máximo permitido.

La normativa municipal considera una situación de riesgo grave la superación de los límites acústicos en más de siete decibelios durante la noche. Por este motivo, los hechos han sido calificados inicialmente como una infracción muy grave.

Una sanción propuesta de 12.001 euros

La Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica de A Coruña contempla para las infracciones muy graves multas de entre 12.001 y 300.000 euros. Sin embargo, al no apreciarse circunstancias agravantes en este caso, el expediente propone aplicar la cuantía mínima: 12.001 euros.

La normativa contempla reducciones de la sanción económica en determinados supuestos. Según recoge el propio expediente, las multas previstas en la ordenanza pueden hacerse efectivas antes de que se dicte la resolución con una reducción del 50%, lo que podría dejar finalmente el importe en algo más de 6.000 euros, siempre que se cumplan las condiciones establecidas para acogerse a esta bonificación.

La apertura del expediente no supone todavía una sanción firme. Una vez notificada la resolución, los interesados dispondrán de 15 días hábiles para presentar alegaciones, documentos o las pruebas que consideren oportunas. Si no se presentan alegaciones dentro de ese plazo, el acuerdo de incoación podrá pasar a considerarse propuesta de resolución.

Desde multas hasta el cierre del establecimiento

La ordenanza municipal prevé consecuencias especialmente amplias para las infracciones acústicas consideradas muy graves. Además de las sanciones económicas, la normativa permite, dependiendo de las circunstancias de cada caso, adoptar medidas como la suspensión o revocación de la licencia municipal, la clausura temporal o definitiva del establecimiento, el precintado de equipos y máquinas o la prohibición temporal o definitiva de las actividades que generan el ruido.

En concreto, la suspensión de una licencia puede extenderse durante un periodo de entre un año y un día y cinco años, mientras que una clausura temporal puede establecerse por un plazo de entre dos y cinco años.