Las Observaciones de la Comisión Europea a las cuestiones prejudiciales del Tribunal de Cuentas sobre la ley de amnistía ponen al Tribunal Constitucional frente a un dilema existencial: respetar el Derecho europeo, en línea con Bruselas y el Tribunal Supremo, o complacer a Pedro Sánchez.

Los argumentos contenidos en el documento que hoy publica EL ESPAÑOL coinciden de hecho con los que destacados constitucionalistas españoles han defendido una y otra vez frente a la arbitrariedad de esa ley de amnistía con la que Pedro Sánchez se garantizó su investidura en 2023.

Dice el documento, fechado en diciembre de 2024, pero trasladado en fecha reciente a las partes, que la ley de amnistía "no parece responder a un objetivo de interés general reconocido por la Unión".

El texto detalla luego el porqué de esa falta de sintonía con el interés general: "En primer lugar, porque los votos de sus beneficiarios han sido fundamentales para su aprobación en el Parlamento español".

"En segundo lugar, porque el proyecto de ley es parte de un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno de España".

Y finaliza: "Si hay respaldo para considerar que las autoamnistías en las que quien ostenta el poder político pretende blindarse garantizándose su inmunidad jurídica son contrarias al principio del Estado de derecho, parece que el mismo criterio habría que aplicar cuando quien está en el Gobierno garantiza la impunidad de sus socios a cambio del apoyo parlamentario".

Es este punto, el de la motivación estrictamente personalista de la ley de amnistía, el que la ponencia del Tribunal Constitucional que avaló su validez hace apenas una semana pasó convenientemente por alto, aunque no tuviera luego problema alguno en aceptar la tesis de que el perdón gubernamental contribuye a "la convivencia, la cohesión social y la paz ciudadana".

La Comisión introduce también en su análisis de las cuestiones prejudiciales presentadas por el Tribunal de Cuentas algunas exigencias jurídicas elementales.

Como la de que la ley de amnistía sea, en primer lugar, considerada "idónea" para "alcanzar el objetivo de interés general perseguido".

En segundo lugar, que la "injerencia" se limite "a lo estrictamente necesario". Algo que sólo se daría si su objetivo, el de "garantizar la convivencia", "no pudiera alcanzarse razonablemente de manera igualmente eficaz por otros medios menos atentatorios contra los derechos fundamentales".

En sus puntos 64 a 72, la Comisión Europea insta además a los jueces y al Tribunal de Cuentas a no aplicar la Ley de Amnistía en lo relativo a ese plazo de dos meses que la norma prevé para que los jueces la apliquen a cada caso individual. Un plazo en cualquier caso meramente voluntarista y que, de hecho, no está cumpliéndose en la actualidad.

En su punto 109, la Comisión plantea finalmente que el juez está “obligado a inaplicar” la amnistía hasta que no se resuelvan las prejudiciales planteadas. Algo que supone también un torpedo en la línea de flotación de la amnistía y de su aplicación en la práctica.

Las Observaciones escritas de la Comisión no son vinculantes, y el documento deja además en manos del Tribunal de Justicia de la UE la consideración de si la ley de amnistía afecta a "los intereses financieros de la Unión".

Pero son extraordinariamente relevantes por cuanto reflejan, por primera vez, la valoración jurídica y política que la Comisión Europea hace de la ley de amnistía.

También, porque esa valoración camina en sentido opuesto al de los argumentos con los que la ponencia del TC la defendió hace unos días.

El documento desmiente asimismo algunos de los principales argumentos con los que destacados miembros del Gobierno han defendido tanto la validez de la amnistía como la presunta indiferencia de Bruselas frente a ella.

Fue el ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, por ejemplo, el que afirmó este pasado mes de febrero que "la preocupación de la Comisión Europea por la ley de amnistía es ninguna" o el que dijo, insistiendo en la misma idea, que "hay cero preocupación en la Comisión Europea sobre la salud y fortaleza del Estado de derecho y la separación de poderes en España".

Aunque la Comisión Europea ya matizó en su momento las palabras de Bolaños, desmintiendo su supuesta despreocupación, es con este documento con el que ha dado un primer paso claro en el sentido de la desautorización de una amnistía cuyo fundamento nunca fue el interés general de los españoles, sino el mero interés político y personalista del presidente del Gobierno.

La última palabra sobre la amnistía sigue estando en manos de la Justicia europea.

Pero las Observaciones escritas de la Comisión han puesto sin duda alguna al Tribunal Constitucional en una posición enormemente incómoda: la de escoger entre servir al Derecho, la Justicia y los españoles, o a Pedro Sánchez.