La decisión de indultar a los líderes nacionalistas del golpe contra la democracia de 2017 está obligando al Gobierno a tensar la interpretación del ordenamiento jurídico (el dictamen del Tribunal Supremo vaticina muchas posibilidades de éxito a un posible recurso contra dicho perdón), pero también las de los propios estatutos del PSOE

La noticia, avanzada por EL ESPAÑOL, de que un grupo de militantes y dirigentes de hasta seis federaciones socialistas ha amenazado a Pedro Sánchez con llevarlo a los tribunales si desobedece el Código Ético del partido, que prohíbe indultar a reos condenados por delitos graves, ha obligado al presidente a un triple salto mortal consistente en negar que la sedición pueda ser considerada como tal

Que el delito de sedición es grave no es (sólo) una apreciación subjetiva, sino un hecho objetivo. De acuerdo con los artículos 13 y 33 del Código Penal, son delitos graves aquellos que implican una pena de más de cinco años de cárcel, inhabilitación especial o suspensión de empleo y cargo. 

Y el artículo 545 del Código Penal determina penas de ocho a diez años de cárcel e inhabilitación para ocupar cargo público para el delito de sedición. De entre 10 y 15 años si los delincuentes son autoridades públicas, como es el caso de los líderes del procés.

Interpretación subjetiva 

En la categoría de grave se encuentra no sólo la sedición, sino también la malversación de fondos públicos, por el que también fueron condenados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Un delito cuyas penas oscilan entre los dos años para los casos más leves y los ocho para los más graves. 

Pero si la categorización de ambos delitos como graves por parte del Código Penal no fuera suficiente, el presidente puede acudir a una interpretación abiertamente subjetiva del concepto de gravedad.

Y desde ese punto de vista, ¿cómo no va a ser grave un delito que obligó al Estado a aplicar el artículo 155 de la Constitución? Una medida, por cierto, apoyada por el PSOE en su momento sin mayores reparos.

¿Y cómo no va a ser grave un delito por el que sus autores han sido condenados a cien años de cárcel, que estuvo a punto de provocar un conflicto civil que habría hecho retroceder casi un siglo a los españoles, que pretendía declarar extranjeros en su tierra a 45 millones de españoles y que fue diseñado y ejecutado por una elite política que traicionó los principios más elementales de la convivencia democrática en su beneficio?

Flexibilidad pasada

Los contorsionismos a los que se está viendo obligado el PSOE no son menores y amenazan con romper el espinazo de su unidad. Insistir en indultar a quién no lo merece ni desde un punto de vista jurídico, ni político, ni moral, y que no sólo no se arrepiente de sus delitos, sino que amenaza con volverlos a cometer, obligará al Ejecutivo a librar batallas en varios frentes. En la calle, en el Parlamento, en los medios, en los tribunales y en el seno del propio PSOE

Se equivoca el presidente si cree que esas cinco batallas quedarán opacadas por la salida de la pandemia y la llegada de los fondos europeos. No tardará en averiguar Sánchez que la línea que separa la valentía de la imprudencia, y esta de la insensatez, es más fina de lo previsto por los estrategas de Moncloa

Que el Gobierno esgrima su propia flexibilidad pasada a la hora de indultar a concejales o alcaldes socialistas imputados o procesados por delitos de corrupción urbanística, o que afirme que el delito de malversación no debe ser tenido en cuenta porque Oriol Junqueras no robó para su enriquecimiento personal, o que diga que en la categoría de graves solamente se encuentran los delitos sexuales, sólo añade mofa a ese intento de convertir los delitos de sedición y de malversación en una fruslería jurídica