La sede del TJUE en Luxemburgo

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Europa

Dos nuevas condenas del TJUE contra Polonia y Hungría por su deriva autoritaria

Bruselas mantiene bloqueados los planes de recuperación de ambos países y la Eurocámara reclama más firmeza.

16 noviembre, 2021 14:38
Bruselas

Dos nuevas condenas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra Polonia y Hungría por su deriva autoritaria. La justicia europea ha declarado este martes contrario a la independencia judicial y por tanto ilegal el régimen vigente en Polonia que da poderes al ministro de Justicia para adscribir a jueces a tribunales de lo penal superiores en comisión de servicios y retirarles después de su puesto sin tener que justificarse.

En cuanto a Hungría, el TJUE ha tumbado la norma migratoria conocida como ley Stop Soros (en referencia al magnate estadounidense de origen húngaro al que el primer ministro, Viktor Orbán, ha convertido en su bestia negra) al considerar que vulnera los derechos de los demandantes de asilo.

Los dos países mantienen desde hace años un pulso con Bruselas, que denuncia que las políticas de Orbán y del Gobierno de Ley y Justica suponen una amenaza sistémica para el Estado de derecho en Hungría y Polonia, respectivamente. La Comisión Europea ha bloqueado los planes de recuperación de ambos países como medida de presión para que rectifiquen, hasta ahora sin éxito. De hecho, el Gobierno de Varsovia se niega a cumplir las sentencias del TJUE.

Los principales grupos políticos de la Eurocámara (populares, socialistas, liberales, verdes e izquierda radical) acaban de escribir una carta a la presidenta, Ursula von der Leyen, en la que le exigen que se mantenga firme y no apruebe el plan polaco hasta obtener garantías plenas de que se respetará la independencia judicial.

En su sentencia de este martes sobre Polonia, el TJUE señala que -para evitar la arbitrariedad y el riesgo de manipulación- la decisión mediante la que se confiere al juez una comisión de servicio y la decisión por la que se le pone fin deben adoptarse con arreglo a criterios conocidos de antemano y motivarse debidamente.

Sin embargo, los amplios poderes de que dispone ministro de Justicia (que es a la vez el fiscal general) para adoptar este tipo de decisiones, sin tener que justificarse, hacen posible que el ministro influya en los jueces ascendidos, lo que cuestiona su imparcialidad y su independencia, prosigue el fallo.

"El ministro de Justicia dispone, con arreglo a criterios que no se conocen, de la facultad para adscribir a jueces en comisión de servicio a tribunales de grado superior y para poner fin a esa comisión de servicio, sin tener que motivar su decisión, con el resultado de que, durante su comisión de servicio, no disfrutan de las garantías y de la independencia de las que todo juez debería disfrutar normalmente en un Estado de derecho. No puede considerarse que tal facultad sea compatible con la obligación de cumplir la exigencia de independencia", sostiene el TJUE.

"La independencia y la imparcialidad de los jueces son condiciones esenciales para que se garantice la presunción de inocencia. Pues bien, en el presente caso, en las circunstancias descritas, la independencia y la imparcialidad de los jueces y, en consecuencia, la presunción de inocencia, pueden verse comprometidas", concluye la sentencia.

En el caso de Hungría, el TJUE considera ilegal la denominada ley Stop Soros, que tipifica como infracción penal la asistencia prestada por cualquier persona que trabaje en organizaciones nacionales, internacionales u ONG a refugiados que quieran introducir una petición de asilo o solicitud de residencia en Hungría. Esta norma limita además las libertades individuales ya que prohíbe a las personas procesadas por asistir a migrantes acercarse a las zonas de tránsito en las fronteras húngaras donde se retiene a los demandantes de asilo.

"Esta norma restringe, por un lado, los derechos de tener acceso a los solicitantes de protección internacional y de ponerse en contacto con ellos y, por otro lado, la efectividad del derecho garantizado al solicitante de asilo de poder consultar, a su costa, a un asesor jurídico u otro consejero", señala el fallo.

La restricción de estos derechos, prosigue el TJUE, "no puede justificarse por los objetivos invocados por el legislador húngaro, a saber, la lucha contra la asistencia prestada al recurso abusivo al procedimiento de asilo y contra la inmigración ilegal basada en el engaño".

El Gobierno de Viktor Orbán ha reaccionado diciendo que toma nota de la sentencia, pero que se reserva el derecho de "tomar medidas contra las actividades de las ONG financiadas desde el extranjero, incluyendo las que están financiadas por George Soros, que quieren ganar influencia política o incluso promover la migración".