Pies calentándose en el radiador.

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Interiorismo

La ley lo confirma: se permite cambiar el horario de la calefacción central aunque los vecinos se opongan

La decisión sobre el encendido y apagado de la calefacción central recae en la comunidad, y puede adoptarse aunque no haya consenso, según la ley.

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En muchas comunidades de vecinos, llegó el frío y con él, los debates sobre cuándo arrancar la calefacción central: incluso si hay vecinos que se oponen, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) permite redefinir los horarios de encendido y apagado.

Esta posibilidad responde al hecho de que la calefacción central es un servicio común, y su funcionamiento (fechas, horas y demás) debe acordarse en junta de propietarios, por mayoría simple según lo previsto en la LPH.

En consecuencia, se pone fin a la idea de que todos los vecinos deben estar de acuerdo para modificar el horario: basta con la decisión comunitaria, es decir, si en una junta los votos de los vecinos presentes a favor superan a los que están en contra.

¿Qué establece la ley sobre la calefacción central? La LPH no define un calendario obligatorio de encendido o apagado: no hay fechas fijas para comenzar o terminar la campaña de calefacción en un edificio.

En realidad, la regulación indica que la comunidad debe decidir democráticamente cuándo arrancar o parar el servicio, así como los horarios diarios. Esa decisión debe adoptarse en junta de propietarios, con la mayoría requerida.

Por tanto, aunque haya propietarios que prefieran otros horarios, o incluso que no quieran calefacción, la mayoría puede imponer su criterio, que resulta válido jurídicamente.

¿Qué significa "aunque los vecinos se opongan"? Cuando hablamos de "vecinos en contra", nos referimos a aquellos que discrepan del horario acordado. Bajo la LPH, su oposición individual no impide que la comunidad decida. Si la mayoría aprueba un horario de calefacción, este es vinculante para todos.

Eso sí: para modificar el horario actual, un solo vecino puede solicitar que el asunto se lleve a junta. Si la junta no está convocada, la ley permite solicitar una reunión extraordinaria si lo piden al menos el 25% de los propietarios o de las cuotas.

De este modo, la norma refuerza la capacidad de adaptación de la comunidad: no se necesita unanimidad, solo mayoría.

Consejos prácticos para proponer un cambio de horario

  • Presenta por escrito tu propuesta al presidente de la comunidad, solicitando que se incluya en el orden del día de la próxima junta.
  • Si no hay junta prevista, puedes reunir el respaldo de al menos el 25% de los propietarios para pedir una convocatoria extraordinaria.
  • Durante la junta, es útil aportar argumentos técnicos: ahorro energético, mejor distribución del calor, bienestar general, eficiencia... eso puede ayudar a convencer a la mayoría.
  • Ten en cuenta que, aunque algunos vecinos se opongan, si la mayoría acepta la propuesta, el nuevo horario será válido para todos.

La Ley de Propiedad Horizontal deja claro que la calefacción central, y su horario, es una decisión comunitaria. Y lo más importante: no es necesario consenso total. Basta con una votación mayoritaria para que un nuevo horario de encendido o apagado sea legítimo aun "aunque los vecinos se opongan".

Este cambio refuerza la autonomía de las comunidades de propietarios, facilita adaptarse a condiciones reales de necesidad y pone fin a conflictos innecesarios derivados de diferencias.