Un perro.

Un perro. Cristina Villarino

Mascotario

Confirmado por la ley: no solo basta el afecto, si no tienes estos cuidados con tu mascota estás siendo negligente

Si decides adoptar a un animal, tienes que garantizarle estos bienestares básicos que van más allá del amor y que son un derecho vital para ellos.

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Angelica Rimini
Publicada

La Ley 7/2023 ha cristalizado algo que durante años se consideraba "de sentido común" pero que a menudo se incumplía: si decides vivir con un animal, estás obligado a garantizarle alimentación adecuada, agua disponible, atención veterinaria y un entorno seguro.

No se trata ya de una recomendación moral, sino de un mandato jurídico que convierte el bienestar básico en un mínimo exigible, medible y sancionable. La norma viene a decir, en esencia, que el afecto no basta; sin cuidados concretos, verificables, la relación con el animal se convierte en negligencia, aunque esté envuelta en discursos de cariño.

La exigencia de alimentación adecuada implica mucho más que "que no pase hambre". Supone ofrecer una dieta adaptada a la especie, la edad, el estado de salud y el nivel de actividad del animal, evitando tanto la desnutrición como la obesidad, y desterrando prácticas como alimentar con restos inadecuados o dejar que se "busque la vida".

Un derecho vital

El agua, por su parte, deja de ser un detalle accesorio para convertirse en un derecho: debe estar siempre disponible, limpia y en cantidad suficiente. Detrás de estos dos pilares básicos hay una idea clara: el cuerpo del animal no puede depender del azar, de los horarios caprichosos o del olvido; el tutor asume la obligación de planificar y sostener sus necesidades fisiológicas día tras día.

La atención veterinaria se erige como el tercer vértice de este compromiso. La ley no solo obliga a reaccionar cuando el animal está grave, sino a prevenir: vacunaciones, desparasitaciones, revisiones periódicas, esterilización cuando proceda, tratamiento del dolor y de cualquier patología que comprometa su bienestar.

Esto rompe con la vieja mentalidad de "no lo llevo al veterinario si se aguanta" y sitúa al tutor en un rol similar al de un responsable de salud: si sabe o debería saber que el animal sufre o está enfermo y no actúa, está vulnerando la ley. La omisión se convierte en una forma de maltrato por abandono de cuidados.

El entorno seguro, por último, amplía la mirada más allá del cuerpo y se adentra en el espacio y la mente del animal. Un entorno seguro significa protección frente a peligros físicos (caídas, atropellos, sustancias tóxicas, temperaturas extremas), pero también un ambiente que no genere miedo constante, estrés crónico o aislamiento extremo.

Un hogar habitable

No basta con "un techo"; la ley exige que ese techo no sea una fuente permanente de daño. Esto interpela a quienes mantienen animales encadenados, hacinados, sin refugio adecuado, en balcones o terrazas expuestos, o en habitaciones donde apenas ven la luz del día. El mensaje es claro: el hogar del animal tiene que ser, de verdad, un lugar habitable.

En conjunto, estas obligaciones dibujan un cambio de paradigma: el animal de compañía deja de ser un accesorio que se cuida "según se pueda" para convertirse en un sujeto cuyo bienestar mínimo está protegido por la norma.

La Ley 7/2023 no llega a todos los rincones por arte de magia, pero marca una línea roja: quien no garantiza alimentación adecuada, agua, atención veterinaria y un entorno seguro no solo está siendo irresponsable, está infringiendo la ley. Y, a partir de ahí, la discusión social ya no es si "somos más o menos animalistas", sino si estamos dispuestos a respetar el marco básico que define qué significa, de verdad, hacerse cargo de otra vida.