Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social.

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social. Ricardo Rubio / Europa Press

Economía

Confirmado por ley: el Estatuto de los Trabajadores garantiza al menos 1 día de permiso retribuido por mudanza

Ese día tiene carácter retribuido, se considera como tiempo de trabajo efectivo, de modo que la empresa no puede descontarlo del salario ni computarlo como vacaciones.

Más información: El empleado tiene derecho a 2,5 días de vacaciones por cada mes de trabajo

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Las claves

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El Estatuto de los Trabajadores garantiza al menos un día de permiso retribuido por mudanza para todos los empleados por cuenta ajena.

Este día se considera tiempo de trabajo efectivo, por lo que no se descuenta del salario ni se computa como vacaciones o día recuperable.

Muchos convenios colectivos pueden ampliar este permiso a dos o tres días, especialmente en mudanzas a otra localidad.

El trabajador debe avisar previamente a la empresa y justificar la mudanza; el permiso solo aplica por cambio de domicilio habitual y en días laborables.

Cambiar de casa supone organizar cajas, coordinar transportistas, gestionar contratos de suministro y, en muchos casos, acudir al padrón municipal. Para que el trabajador pueda afrontar todo ese proceso sin perder un solo euro de su nómina, el ordenamiento jurídico español contempla un mecanismo específico: el permiso retribuido por mudanza.

La base legal se encuentra en el artículo 37.3.c) del Estatuto de los Trabajadores, que establece que la persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por traslado del domicilio habitual, durante un día.

El texto es claro: no se trata de una concesión voluntaria del empleador, sino de un derecho reconocido por ley para todos los trabajadores por cuenta ajena, con independencia del sector o la comunidad autónoma.

Ese día tiene carácter retribuido: se considera como tiempo de trabajo efectivo, de modo que la empresa no puede descontarlo del salario ni computarlo como vacaciones, ni exigir que se recupere posteriormente. El sueldo del mes queda intacto.

La norma estatal fija un suelo, no un techo. Muchos convenios sectoriales o de empresa amplían este permiso a dos o incluso tres días, especialmente cuando la mudanza implica un traslado a otra localidad o provincia. Por eso conviene consultar el convenio colectivo aplicable antes de solicitarlo: las condiciones pueden ser más favorables que las del Estatuto.

El permiso no es automático. El trabajador debe avisar con antelación a la empresa, comunicando la fecha en que se realizará el traslado. Aunque no siempre es obligatorio presentar un justificante, algunas empresas lo solicitan; los documentos más comunes son el certificado de empadronamiento, el contrato de arrendamiento o las escrituras del inmueble.

Hay también una limitación importante sobre el momento de disfrute: el permiso debe utilizarse coincidiendo con la mudanza y debe ser un día laborable. Si el traslado se realiza en fin de semana y el empleado no trabaja esos días, no podrá pedir el lunes libre en compensación.

Igualmente, este permiso solo se aplica cuando hay un cambio del domicilio habitual del trabajador. No se contempla para mudanzas de una segunda residencia ni para ayudar a un familiar o amigo a trasladarse.

La empresa no puede negar el derecho al permiso cuando concurren los requisitos legales: traslado del domicilio habitual, aviso previo y justificación razonable. Tampoco puede descontar el día del salario, transformarlo en vacaciones obligatorias o exigir que se recupere con horas extra. Si lo hace, el trabajador puede presentar una reclamación ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.