La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz. Europa Press / Diego Radamés

La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz. Europa Press / Diego Radamés

Economía

Confirmado por la Seguridad Social: la nómina del trabajador se reduce tras 12 meses de baja médica

El cambio no es solo económico, también institucional: al cumplir un año de baja el expediente pasa a depender directamente del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

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Las claves

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Tras 12 meses de baja médica, la nómina del trabajador se reduce porque desaparecen la mayoría de los complementos salariales de la empresa.

A partir del año de baja, el mínimo garantizado es el 75% de la base reguladora, lo que supone una caída de ingresos de hasta un 25% respecto a los meses anteriores.

El expediente pasa a depender del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que decide sobre la prórroga, el alta médica o el inicio del proceso de incapacidad permanente.

La reducción de ingresos coincide con un aumento de gastos derivados de la enfermedad, dificultando la economía familiar en un momento especialmente delicado.

Una baja de larga duración parece solo una prórroga de los primeros partes médicos, pero al cumplir un año se produce un giro silencioso que afecta directamente al bolsillo del trabajador. La prestación se mantiene, pero la forma en que se calcula, quién la controla y cuánto entra realmente en la cuenta corriente ya no es la misma.

Durante los primeros meses de baja, la mayoría de trabajadores percibe una parte importante de su salario gracias a la combinación de lo que paga la Seguridad Social y, en muchos casos, los complementos que establece el convenio o la propia empresa.

Lo habitual es cobrar el 60 % de la base reguladora entre los días 4 y 20 y el 75 % a partir del día 21, aunque con los complementos internos muchas personas se acercan en la práctica al 100 % de lo que venían cobrando cuando estaban en activo.

El punto de ruptura llega cuando se cumplen 12 meses de baja: la Seguridad Social ha aclarado que, a partir de ese momento, la situación entra en otra fase, en la que el mínimo garantizado es el 75 % de la base reguladora y muchos de esos complementos empresariales dejan de aplicarse.

Esto significa que, a igualdad de enfermedad y sin que el trabajador haya mejorado, su ingreso mensual puede caer de golpe alrededor de un 20–25 % respecto a lo que venía cobrando durante los meses anteriores.

El cambio no es solo económico, también institucional: al cumplir un año de baja el expediente pasa a depender directamente del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que asume la competencia para decidir si prorroga la incapacidad hasta los 18 meses, si da el alta médica o si inicia el procedimiento para valorar una incapacidad permanente.

Este nuevo escenario económico llega, además, en el peor momento para muchas familias: tras un año de baja, los gastos asociados a la enfermedad suelen aumentar, ya sea por medicación, terapias, desplazamientos o apoyos adicionales en el hogar.

Al mismo tiempo, la posibilidad de buscar ingresos complementarios es casi inexistente, precisamente por la situación que justifica la baja médica, de modo que la caída de la nómina se convierte en un factor de estrés añadido a la enfermedad.

Ante este panorama, la clave pasa por la información anticipada. Conocer con tiempo cuál es la base reguladora, qué complementos de convenio existen y hasta cuándo se mantienen, permite preparar mejor el salto del mes 12, ajustar gastos y revisar compromisos financieros antes de que el recorte llegue a la cuenta.

También es importante saber que las decisiones del INSS se pueden recurrir, tanto en materia de altas médicas como en la transición hacia una incapacidad permanente.