La renta contempla deducciones para ayuda en casa.
Confirmado por Hacienda: así puedes conseguir 500 euros de ahorro en la Renta si tienes ayuda en casa
La normativa andaluza exige una serie de requisitos objetivos ligados a la situación familiar y a la formalización del empleo doméstico.
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En la normativa autonómica andaluza existe una deducción en el IRPF por contratar ayuda doméstica con la que es posible ahorrar hasta 500 euros en la parte autonómica de la Renta si se cumplen determinados requisitos.
En Andalucía, la persona titular del hogar familiar puede deducirse en la cuota íntegra autonómica del IRPF el 20% de las cantidades satisfechas a la Seguridad Social por la cotización anual de una empleada o empleado de hogar, siempre que el trabajo se preste en su vivienda habitual.
Esta deducción tiene un límite máximo de 500 euros anuales por declaración, por lo que, si las cotizaciones son elevadas, el ahorro real en la Renta puede alcanzar ese tope.
A efectos de esta deducción se considera titular del hogar familiar a la persona que figure como tal en la Tesorería General de la Seguridad Social dentro del Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General, y la vivienda debe cumplir los requisitos de vivienda habitual previstos en la normativa del IRPF. Solo se computa la parte de la cuota fija a la Seguridad Social que corresponde al empleador; las aportaciones del trabajador no dan derecho a deducción.
Si el importe anual de las cuotas es menor, la deducción se reduce proporcionalmente, ya que siempre se aplica el 20% sobre lo realmente pagado (por ejemplo, unos 1.000 euros de cotizaciones darían lugar a unos 200 euros de deducción).
La normativa andaluza exige una serie de requisitos objetivos ligados a la situación familiar y a la formalización del empleo doméstico. Entre las condiciones más relevantes destacan:
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-La persona titular del hogar (o su cónyuge o pareja registrada) debe figurar dada de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social como empleador de hogar, con domicilio en Andalucía y contrato formalizado.
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-El servicio debe prestarse en la vivienda habitual del contribuyente que aplica la deducción, no en segundas residencias u otros inmuebles.
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-Generalmente se dirige a familias con hijos que generan mínimo por descendientes o a contribuyentes de 75 años o más que necesiten apoyo en el hogar, siempre con los límites de edad e ingresos de los descendientes que fija la normativa autonómica.
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-Las cuotas a la Seguridad Social y el salario deben estar correctamente ingresados y justificados mediante recibos, transferencias u otros medios de pago verificables.
La deducción andaluza por ayuda doméstica persigue un doble objetivo: aliviar la carga fiscal de familias que necesitan apoyo en casa y fomentar la contratación formal de empleadas de hogar.
Al vincular el beneficio fiscal exclusivamente a las cotizaciones sociales abonadas y declaradas, la Junta de Andalucía incentiva que estos trabajos se realicen con alta en la Seguridad Social, contrato y derechos laborales.