El minuto de silencio.
El asesino de Victoria en Alhaurín el Grande había sido ya condenado por quebrantar la orden de alejamiento
En ese fallo, el acusado reconoció los hechos y se conformó con la pena impuesta, quedando pendiente la causa principal, que estaba previsto que se enjuiciara en el Juzgado de lo Penal número 13 de Málaga.
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El hombre detenido por el presunto asesinato de Victoria Hart, su exmujer, el pasado sábado en Alhaurín el Grande había sido condenado en diciembre de 2025 a cuatro meses de prisión por quebrantar una orden de alejamiento dictada en una causa previa por vejaciones, amenazas y maltrato contra la mujer, un procedimiento que aún no había sido juzgado en su fondo.
Así lo ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que precisa que la sentencia por el quebrantamiento fue dictada el 3 de diciembre de 2025. En ese fallo, el acusado reconoció los hechos y se conformó con la pena impuesta, quedando pendiente la causa principal, que estaba previsto que se enjuiciara en el Juzgado de lo Penal número 13 de Málaga.
La entrada en prisión por esa condena quedó suspendida durante dos años, condicionada a que el acusado no cometiera nuevos delitos. La sentencia fue dictada por la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia número 2 de Coín, el mismo órgano judicial que este martes ha acordado su ingreso en prisión provisional por el presunto homicidio de su expareja.
Según recoge la resolución judicial, el acusado era “plenamente consciente” de que tenía en vigor una orden de alejamiento y, aun así, acudió en varias ocasiones al domicilio de la víctima los días 11, 15 y 29 de noviembre de 2025, sin que ella le permitiera la entrada. Estos hechos derivaban de unas diligencias penales abiertas tras la denuncia presentada el 22 de octubre de 2025, cuando la mujer relató que su pareja le había propinado una patada en la cadera, la había amenazado de muerte y le había dirigido varios insultos.
Un día después de tomar declaración a ambas partes, el tribunal impuso al ahora detenido la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros del domicilio de la víctima o de cualquier lugar en el que se encontrara, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio. En el ámbito civil, la jueza concedió a la mujer el uso de la vivienda familiar junto a sus hijos y fijó una pensión mensual a cargo del padre para la manutención de los menores.
Además, consta que el detenido ya había sido condenado en marzo de 2024 por un delito leve de amenazas contra su pareja en el Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga. En aquella ocasión, la pena consistió en 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, la prohibición de portar armas de fuego y una medida de alejamiento de cuatro meses. Esa condena fue cumplida y la pareja retomó la convivencia hasta los hechos denunciados en octubre de 2025.