El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, a su llegada a la Audiencia Nacional.

El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, a su llegada a la Audiencia Nacional. Efe

Tribunales

El juez Calama rectifica y acepta pronunciarse sobre algunas nulidades de la causa de Plus Ultra planteadas por Zapatero

Deja fuera de esta revisión las relacionadas con los registros en las oficinas del expresidente, así como la apertura de una pieza separada por las joyas.

Más información: Calama rechaza pronunciarse sobre la nulidad del proceso a Zapatero por razones formales: la pidió 48 horas fuera de plazo

Luis Villajos | Agencias
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Las claves

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El juez José Luis Calama acepta pronunciarse sobre parte de las nulidades planteadas por Zapatero en la causa Plus Ultra, tras rectificar su decisión inicial.

Algunas resoluciones que Zapatero busca anular le fueron notificadas más tarde, por lo que su recurso quedó presentado dentro del plazo legal.

El juez revisará las resoluciones 1 a 8, que incluyen la apertura de la causa y autorizaciones de registros, pero mantiene fuera del análisis las resoluciones 9 a 12 por estar fuera de plazo.

Las actuaciones sobre registros en oficinas de Zapatero y la apertura de una pieza por joyas quedarán fuera de revisión, salvo que prospere la nulidad de las primeras resoluciones.

El juez del caso Plus Ultra, José Luis Calama, ha rectificado su decisión de rechazar en su totalidad el incidente de nulidad que planteó el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero por presentarlo fuera de plazo, al comprobar que algunas de las resoluciones que pide que se anulen le fueron notificadas con posterioridad y por tanto ese plazo no habría vencido para todas ellas.

En un auto, el magistrado rectifica parcialmente la inadmisión a trámite del incidente de nulidad del expresidente y acepta pronunciarse sobre la posible exclusión de algunas de las resoluciones dictadas en este procedimiento.

El juez ha adoptado esta decisión a la luz de un escrito presentado por el abogado de Zapatero, al que le da parcialmente la razón tras comprobar que se le dio acceso a determinados documentos de la causa unos días más tarde de lo que inicialmente se había considerado, por lo que su recurso estaba dentro del plazo.

Por el contrario, el juez mantiene fuera de la revisión las resoluciones 9 a 12, al entender que fueron recurridas fuera de plazo.

Entre ellas figuran las relacionadas con los registros en las oficinas del expresidente y varias empresas, así como la apertura de una pieza separada por la aparición de unas joyas en su despacho.

No obstante, el magistrado señala que estas actuaciones podrían verse afectadas si finalmente prospera la nulidad de las resoluciones 1 a 8, que son las que ahora revisará y que corresponden, en su mayoría, a diligencias acordadas por el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid antes de que el procedimiento fuera remitido a la Audiencia Nacional.

El juez recuerda que el pasado 24 de julio rechazó íntegramente el incidente de nulidad, aunque ahora reconoce que las partes no tuvieron acceso a las diligencias de investigación iniciadas por la Fiscalía Anticorrupción hasta el 29 de mayo de 2026, por lo que el plazo para presentar el recurso finalizaba el 26 de junio.

"Consiguientemente, el escrito presentado por la representación procesal de José Luis Rodríguez Zapatero (...) se encuentra presentado dentro del plazo legalmente establecido", recoge el auto.

Entre las resoluciones que serán revisadas figuran el auto que acordó la apertura de la causa, dictado el 28 de noviembre de 2025, y el del 9 de diciembre de 2025, por el que se autorizaron diversas entradas y registros.