Imagen de una asistencia sanitaria./

Imagen de una asistencia sanitaria./ Efe

Tribunales

El TC no paraliza la eutanasia de Noelia, la joven parapléjica que espera ayuda para morir desde hace dos años

La Sala Segunda del Constitucional acuerda por unanimidad no admitir a trámite el recurso del padre, al no apreciar vulneración del derecho fundamental a la vida ni quiebra de la tutela judicial efectiva.

Más información: La ponente del TC propone no admitir el recurso con el que un padre trata de parar la eutanasia de su hija parapléjica

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Las claves

El Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad no admitir a trámite el recurso presentado por el padre de Noelia, joven parapléjica autorizada para recibir la eutanasia.

La Sala Segunda del TC rechaza la demanda de amparo al considerar que no existe violación de un derecho fundamental tutelable.

Tanto el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo como el TSJ de Cataluña concluyeron que Noelia tiene plena capacidad para solicitar la eutanasia y cumple todos los requisitos legales.

La muerte asistida de Noelia fue autorizada por la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña, aunque está suspendida cautelarmente por un juzgado tras el recurso de su padre.

Los seis magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional han decidido esta mañana, por unanimidad, no admitir a trámite el recurso de Javier C., padre de la joven de 25 años Noelia, a quien se autorizó la eutanasia en julio de 2024.

La Sala ha respaldado la ponencia presentada por la magistrada María Luisa Balaguer y ha rechazado la demanda de amparo del progenitor "por manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo".

La Sala, por tanto, tampoco ha aceptado la medida cautelarísima pedida por el progenitor para que la eutanasia de Noelia no se llevara a cabo mientras se tramitaba la demanda de amparo.

La muerte asistida de Noelia fue autorizada el 18 de julio de 2024 por la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña y se encuentra cautelarmente suspendida por un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona.

Javier C. alegaba que la eutanasia de su hija, que quedó parapléjica tras un intento de suicidio, vulneraba los derechos fundamentales a la vida y a la tutela judicial efectiva.

Tras la resolución favorable de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña, la prestación de ayuda para morir fue señalada para el 2 de agosto de 2024.

Pero el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo la suspendió cautelarmente a petición del padre de Noelia, Javier C., que interpuso un recurso.

Desde entonces, las tres instancias judiciales que han examinado el asunto -el Juzgado, el Tribunal Superior de Cataluña y el Tribunal Supremo- han desestimado la pretensión del progenitor de que se revoque la autorización de la eutanasia para su hija.

Noelia, nacida en octubre de 2000, ha tenido varios intentos de suicidio. En el último de ellos, el 4 de octubre de 2022, quedó parapléjica y desde entonces se encuentra hospitalizada y en silla de ruedas.

Javier C. sostiene que su hija sufre un trastorno de la personalidad que afecta a la esfera volitiva y a la formación de una voluntad "libre y estable".

Considera que ese "trastorno mental severo" afecta a su capacidad de decidir.

Sin embargo, tras el análisis de los informes médicos, las declaraciones periciales de los facultativos y las exploraciones de Noelia, tanto el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo como el TSJ de Cataluña concluyeron que tiene "capacidad plena" para solicitar la eutanasia.

También consideraron que cumple todos los requisitos para que la prestación sea autorizada, al padecer una enfermedad gravemente incapacitante que está médicamente contrastada.

El Tribunal Superior catalán destacó que de ninguna de las pruebas practicadas se desprende la ausencia de capacidad de la solicitante, sino todo lo contrario.

Por ello, consideró que las meras afirmaciones de que Noelia C. tiene patologías psiquiátricas resultan insuficientes, al estar desprovistas de cualquier refuerzo técnico.

Junto a ello, destacó que la joven ha mantenido su decisión de pedir la eutanasia desde abril de 2024.

El Tribunal Supremo inadmitió a trámite el recurso de casación el pasado 21 de enero.

Argumentó, de un lado, que las pruebas habían sido examinadas tanto por la Administración como por dos instancias judiciales, sin que la casación sea "un recurso ordinario más" para hacer valer la discrepancia con el resultado valorativo realizado.

De otro lado, sobre la "irregularidad procedimental" de que el médico y el jurista, pese a estar de acuerdo en que era procedente autorizar la eutanasia, fingieron su desacuerdo para que el caso de Noelia llegara a la Comisión de Evaluación y que la solución tuvieran mayores garantías, el Supremo indicó que ello "no cambió el resultado del procedimiento".

"Tampoco causó indefensión material alguna" ni a Noelia ni a su padre. Y ello "al margen de que esa actuación [de la dupla] pueda tener otras consecuencias ajenas a este pleito".